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También aborda el teletrabajo

El convenio del Metal de la provincia de Valencia fija subidas de 2%, 2,5% y 3,5% hasta 2025

Foto: KATERYNA BABAIEVA/PEXELS
28/07/2023 - 

VALÈNCIA (EP). El acuerdo de convenio colectivo de Comercio del Metal para la Provincia de Valencia para 2023-2025, que afecta a 8.500 empresas y 35.000 personas, contempla subidas "razonables" que en 2023 será de 2%, según ha informado la Federación Empresarial Metalúrgica Valenciana (Femeval), en un comunicado en el que detalla que se hace especial atención al teletrabajo.

Femeval ha firmado este viernes junto a la Federación de Servicios de Comisiones Obreras (CCOO PV) y la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo del País Valencià (UGT) el principio de acuerdo del Convenio Colectivo de Comercio del Metal para la Provincia de Valencia para el periodo 2023-2025.

La patronal ha destacado la importancia de este acuerdo, tanto para las 8.528 empresas como para las cerca de 35.000 personas trabajadoras a las que da cobertura, porque dota de una vigencia de tres años e incrementos salariales "razonables acordes a la incertidumbre generada por la situación económica y política".

Al respecto, establece aumentos salariales del 2% para 2023; 2,5% para 2024 y 3,5% para 2025, con cláusulas de revisión en línea con el V AENC, así como no subir horas a cambio del incremento al 50% de la hora festiva y la extensión a nueve meses máximo del contrato eventual de duración determinada por circunstancias de la producción.

La patronal del metal ha calificado de "muy positivo" el acuerdo alcanzado dado que pone fin a siete meses de negociación "mediatizada por el entorno socio-económico cambiante y por las modificaciones legislativas, y demuestra, una vez más, la predisposición de las partes firmantes al diálogo social sereno, y respetuoso para con las personas trabajadoras y empresas".

Reforma laboral y teletrabajo

El convenio incorporará dos nuevos artículos. Uno que adapta la reforma laboral sobre el contrato para la obtención de la práctica profesional, estableciendo una retribución del 80% del salario establecido para el grupo profesional y nivel retributivo correspondientes a las funciones desempeñadas, que en ningún caso la retribución de la persona trabajadora podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional, en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Y otro, en el que la patronal y los sindicatos prestan especial atención al trabajo a distancia y teletrabajo, que será voluntario para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo individual de trabajo a distancia, que deberá respetar los acuerdos de empresa que puedan suscribirse sobre esta específica materia con la representación de los trabajadores. Las empresas informarán anualmente, a solicitud de los representantes de los empleados, de los puestos de trabajo susceptibles de realizarse a distancia.

Esta firma alcanza a empresas distribuidoras y comercializadoras de equipos, recambios y accesorios para la automoción, concesionarios de ventas de automóviles, alquiler de vehículos y camiones, tiendas de electrodomésticos, empresas de tecnología de la información, proveedoras de material médico-quirúrgico, ferreterías, ortopedias, almacenistas y comercializadoras siderometalúrgicas, almacenistas de aluminio, material eléctrico y hierro, y comerciantes detallistas.

Asimismo, se ha suscrito un acuerdo parcial para la aplicación del incremento salarial pactado para 2023, ante la previsible demora de la firma del texto definitivo del convenio, que no se producirá hasta el mes de septiembre.

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