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Condenado a 4 años el hombre que causó un incendio forestal en 2012 en Chelva

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VALENCIA (EFE). La Audiencia de Valencia ha condenado a tres años y once meses de prisión al hombre procesado por prender fuego al monte en junio de 2012 como venganza después de que el Ayuntamiento de Chelva no le contratara como peón forestal, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia valenciano.

En su sentencia, la magistrada, que ha apreciado la atenuante de embriaguez, condena también al procesado, por un delito de incendio con propagación, a la prohibición de acercarse durante 19 años a menos de 750 metros de cualquier masa forestal.

Asimismo le condena a indemnizar con algo más dos millones de euros a la Generalitat y a los Ayuntamientos de Chelva y Benagéber, municipios mayormente afectados por las llamas, en concepto de daños y por los gastos de extinción del incendio.

En el juicio por estos hechos, el hombre, vecino de Chelva y en prisión provisional desde días después del incendio, negó los hechos y negó causar el fuego intencionadamente.

El incendio, que comenzó el 1 de junio de 2012 y se dio por extinguido nueve días después, arrasó 656 hectáreas de superficie forestal de los términos de Chelva, Tuéjar y Benagéber.

La Generalitat se personó en la causa como acusación particular, ya que el fuego afectó a la carretera CV-390, de titularidad autonómica, y ocasionó daños en esta vía por valor de 136.322,82 euros, y supuso un gasto de 209.364,40 euros en medios terrestres y aéreos en las labores de extinción.

El acusado, que ya fue condenado en 1998 a cuatro años y dos meses de prisión por otro incendio, negó ante el tribunal haber confesado a la Guardia Civil haber prendido fuego al monte, aunque en ese momento "habría dicho cualquier cosa" por las "condiciones en las que se encontraba".

Varios testigos afirmaron que, antes del incendio, le oyeron decir que "iba a arder Troya" y "dejar el monte raso", y él reconoció que se enfadó cuando no fue seleccionado para el puesto temporal de peón en Chelva.

Respetando el veredicto emitido por el jurado popular, la sentencia declara probado que, con la intención de quemar el monte, Juan José C.T., de 57 años, le prendió fuego "a pesar de que, por las condiciones meteorológicas y características del lugar, se propagaría de forma rápida".

Provocó el fuego "mediante aplicación directa de llama" a la vegetación en la partida de la Bercuta, en el término municipal de Chelva, y afectó a 656,54 hectáreas de superficie forestal de los municipios de Benagéber (634), Chelva (21,33) y Tuéjar (0,66).

El incendio ocasionó desperfectos en numerosas propiedades particulares, y supuso "riesgo para la vida e integridad física de las personas", bomberos del servicio de extinción, entre ellas.

La magistrada subraya que no existe "duda alguna" de la autoría del fuego, y destaca que los peritos no hallan en el procesado alteraciones psíquicas y le consideran con plena capacidad, y concluyen que "sabía perfectamente lo que hacía".

Aprecia, no obstante, la atenuante de embriaguez debido a que, la mañana del suceso, el hombre consumió "varias cervezas" en un bar de Tuéjar y que, aunque es "bebedor habitual", se encontraba bajo los efectos del alcohol cuando causó el fuego.

Según la sentencia, la incidencia de este incendio en el medio ambiente resulta "severa", con una "regresión importante en la diversidad de los ecosistemas afectados así como un incremento brusco en la erosión de los terrenos afectados.

Los técnicos prevén que las laderas con mayor pendiente quedarán yermas y que su plazo de regeneración será cercano a los 50 años, "afectando a una superficie de considerable importancia y ocasionando un grave deterioro o destrucción de los recursos afectados, de los que algunos, como alguna especie de aves, no será recuperable".

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