VALÈNCIA. La Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo ha publicado este lunes el procedimiento por el que se podrán obtener los títulos de valenciano previstos en la ley de Libertad Educativa. Estas titulaciones, que se obtienen al final de cada etapa educativa si se cumplen una serie de condiciones, van desde el nivel A1 en educación primaria hasta el C1 (antiguo grado medio) en Bachillerato si la media de ambos cursos en la asignatura de valenciano o la nota de selectividad en esta materia es igual o superior a un siete.
La nueva ley fue aprobada el pasado mes de junio y la materia relacionada con la obtención de acreditaciones de valenciano era de aplicación inmediata. No obstante, el departamento dirigido por José Antonio Rovira aún no había creado la forma en la que se podía obtener el título. "Estamos trabajando en terminar pronto el programa informático para certificar las titulaciones de valenciano", señalaba Rovira durante la rueda de prensa de inicio del curso escolar. El conseller aseguró ser conocedor de que "miles de alumnos" estaban esperando el procedimiento y remarcó: "Vamos a trabajar corriendo lo máximo posible". Y, más en concreto, marcó en rojo el mes de octubre para empezar a emitir las certificaciones en lengua valenciana.
Lo cierto es que este mismo lunes el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publica una resolución por la que se establece el procedimiento para el reconocimiento, la certificación y el registro de niveles de referencia de valenciano. La aplicación de la misma será este mismo martes 1 de octubre, o lo que es lo mismo, a partir de mañana se podrán empezar a pedir los títulos. Cabe recordar que la expedición de los certificados no comportará el pago de ningún tipo de tasas.
La certificación de los niveles de valenciano tiene carácter retroactivo. En concreto, a partir del curso 2009-2010 para la titulación correspondiente a cumplir los requisitos relacionados con la prueba de acceso a la universidad, Bachillerato y Educación primaria; y a partir del curso académico 2008-2009 para los que hayan terminado ESO o formación básica.
Para todas estas personas, sea cuál sea la titulación a solicitar, el procedimiento se iniciará por las personas interesadas o sus representantes legales a través de un procedimiento telemático habilitado en la sede electrónica de la Generalitat, según la citada resolución. Si las calificaciones de valenciano del alumno se encuentran registradas en el sistema de información Itaca, se incorporan de forma automática en el procedimiento. Esto es para estudiantes a partir del curso 2012, tal y como expresó Rovira en la mencionada rueda de prensa.
Para aquellas personas que realicen la solicitud por otras vías diferente a la telemática o cuyas calificaciones no figuren en Itaca deberán aportar documentación acreditativa de haber superado la materia de valenciano en el curso/cursos para lo que se desea obtener la titulación. Entre esta documentación, se encuentra el certificado y el historial académico.
Una vez solicitado el título, y siempre que no haya problemas en el procedimiento, se verificará el expediente y se procederá a la expedición automática del certificado, así como al registro del mismo en la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià. El título de valenciano será enviado a la dirección de correo electrónico que la persona interesada indique en su solicitud.
Por otro lado, para aquellas personas que sean beneficiarias de algunas de estas titulaciones a partir del presente curso escolar 2024-25, será el centro escolar (público o privado) el que inicie de oficio el procedimiento de expedición de los títulos. En concreto, la dirección del centro consultará en el sistema de información Itaca cuáles son los alumnos que pueden obtener los distintos certificados y procederá "a su validación, siguiendo las directrices, guías o manuales establecidos al efecto".
Los certificados se enviarán de forma automática a la dirección de correo electrónico que figure en el sistema Itaca para cada alumno o alumna, o al de sus representantes legales si el alumnado es menor de edad. Este texto también establece que los centros docentes "adoptarán las medidas oportunas" para pedir a alumnos y representantes legales que actualicen su correo electrónico para tal efecto.
Ahora bien, en el caso de que se trate del reconocimiento del nivel C1 tras haber realizado la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU). la forma de proceder cambia: Será el alumno el que pida la acreditación de su nivel lingüístico. La forma de proceder en este caso será la misma que para todos los alumnos que se beneficien del carácter retroactivo de la norma.
El president de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, ha señalado que más de 337.000 personas se beneficiarán de esta medida en las titulaciones de B2 y C1. Desde el curso 2008-2009, un total de 169.283 personas tienen derecho a obtener el B2, mientras que otras 168.500 podrán obtener el C1. Además, el Consell señala en un comunicado que más de 24.000 estudiantes que finalizaron su etapa educativa durante el pasado curso podrán obtener un título de B2 o C1.
En este sentido, desde la Generalitat aseguran: "La serie histórica refleja que aproximadamente un 40% del alumnado matriculado en Bachillerato cada curso escolar tiene derecho a la obtención del B2 y otro 40% a la obtención del C1. El 20% restante, se divide entre el alumnado que solicita la exención del valenciano en Bachillerato (10%) y el que no supera la asignatura (10%)".
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