MADRID (EP). El Banco de España supervisará la labor de los comparadores privados de servicios financieros en materia de comisiones por servicios básicos de pago básicos, según lo establecido en el real decreto ley de cuentas de pago básicas, aprobado este viernes en Consejo de Ministros.
De este modo, el Banco de España requerirá a este tipo de comparadores, que actualmente operan sin un régimen de supervisión, que sean independientes, que proporcionen una información precisa y actualizada y que remitan información sobre su titularidad.
Según han explicado fuentes del Ministerio de Economía, se les exigirá una declaración responsable de que cumplen estos servicios que el Banco de España se encargará de verificar.
En cualquier caso, el organismo que gobierna Luis María Linde solo supervisará la labor de estos comparadores en relación a las comisiones que aplican las entidades por proporcionar servicios de pago básicos, como la domiciliación de recibos, el uso de tarjetas de débito o prepago, las transferencias, los depósitos de fondos y la retirada de efectivo en la entidad o cajeros.
Por tanto, el Banco de España no supervisará la actividad de los comparadores en materia hipotecas, créditos o de los tipos de interés de cada cuenta que no sea básica.