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"contrario a los principios de igualdad, mérito y capacidad"

El CJC rechaza "privilegios" de los extrabajadores para la nueva RTVV

19/05/2016 - 

VALENCIA (EFE). El Consell Jurídic Consultiu (CJC) rechaza que los extrabajadores de la extinta Radiotelevisión Valenciana (RTVV) tengan un "eventual privilegio" para acceder a la nueva cadena pública, porque eso puede resultar contrario a los principios legales de igualdad, mérito y capacidad.

Así figura en el dictamen facultativo emitido por el organismo consultivo de la Generalitat en materia jurídica, a petición del secretario autonómico de Presidencia, sobre la proposición de ley de servicio público de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico registrada en Les Corts y pactada entre PSPV, Compromís y Podemos.

El CJC opina que "no se ajusta al ordenamiento jurídico" la disposición transitoria novena de la proposición de ley, referida al personal del extinto grupo RTVV, que contempla la posibilidad de que los extrabajadores puedan quedar exentos de realizar una parte de las pruebas selectivas de personal para la nueva RTVV.

Según el organismo consultivo, el acuerdo entre los trabajadores y RTVV SAU que puso fin al expediente de regulación de empleo "no puede vincular a la futura Corporación", y además recuerda que ese acuerdo fue impugnado, por lo que los tribunales podrían declarar una nulidad de ese acuerdo.

Además, destaca que si se tratara de un supuesto de sucesión de empresas "sobraría" y "carecería de sentido" la disposición transitoria novena, puesto que el personal de la extinta RTVV pasaría a integrarse "directamente y de forma automática, sin necesidad de proceso selectivo ni prueba alguna".

El CJC destaca que la "difícil situación" que supuso el expediente de extinción de empleos no puede suponer que el legislador, "en su afán de recompensar al colectivo afectado en su momento, propicie una técnica que puede resultar contraria a los principios legales de igualdad, mérito y capacidad".

El dictamen admite la posibilidad de que en los procesos selectivos se pueda tener en cuenta, "con criterios objetivos", la prestación de servicios en entidades dedicadas a la prestación de servicios de radio y televisión, pero la puntuación que se otorgue a ello no determinará "por sí misma, en ningún caso, el resultado del proceso selectivo".

Por ello, propone que se suprima o que se clarifique esa disposición transitoria, para recordar que el proceso selectivo para la nueva RTVV se ajuste a los principios de igualdad, mérito y capacidad, lo que excluye la posibilidad de que "se exonere, sin más, a determinados aspirantes de realizar algunos ejercicios".

El dictamen, emitido con carácter urgente el pasado martes 17 de mayo, cuenta con dos votos particulares, de dos consejeros a propuesta del PP, que piden que el Consell emita criterio desfavorable a la tramitación de la proposición de ley porque implica un compromiso de incremento de créditos de los que se carece de disponibilidad.

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