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El Consejo General de Economistas apuesta por deflactar la tarifa y los mínimos del IRPF

20/04/2022 - 

VALÈNCIA. (EP) El Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf), órgano especializado en asesoramiento fiscal del Consejo General de Economistas de España, considera que es conveniente adecuar la tarifa y los mínimos personales y familiares del IRPF al alza de la inflación.

En concreto, el presidente del Consejo General de Economistas de España, Valentín Pich, ha indicado, en rueda de prensa para presentar la Campaña de la Renta 2021, que es "razonable" tener en cuenta la subida nominal de rentas y la inflación en un impuesto progresivo como el Impuesto sobre la Renta.

El presidente de los economistas considera, no obstante, que la adaptación del IRPF en lo que concierne a las tarifas y a otros parámetros al nuevo escenario inflacionista es una decisión que ha de tomarse teniendo en cuenta que, tarde o temprano, habrá que "embridar el déficit" de las cuentas públicas, sobre todo cuando es previsible que la financiación de la deuda pública se vaya encareciendo por la política más estricta que anuncian los bancos centrales.

Por su parte, el presidente del Reaf, Agustín Fernández, indicó que en una sociedad tan envejecida como la española es inevitable tener en cuenta a los mayores a la hora de considerar las circunstancias personales y familiares de los contribuyentes del IRPF, que es un impuesto personal y subjetivo.

Respecto a los cálculos sobre deflactación de las tarifas y sobre la indexación de algunos parámetros utilizados para llegar a la cuota a ingresar, los economistas consideran que tiene más efecto económico lo segundo que lo primero, sobre todo porque la deflactación debería hacerse al tipo en que se incrementen las rentas, mientras que la indexación de parámetros como los mínimos personales y familiares o de los gastos deducibles de los rendimientos del trabajo debería seguir el IPC.

Asimismo, los economistas resaltaron las novedades de esta Campaña de la Renta, que consisten, entre otras, en que las tarifas, tanto la general como la del ahorro, han incrementado los marginales máximos a partir de 300.000 y 200.000 euros, en dos y tres puntos porcentuales, respectivamente.

Como secuelas de la Covid-19 en esta declaración, se permite a los arrendadores que hayan consentido rebajar la renta a inquilinos empresarios, que desarrollen actividades económicas especialmente afectadas por la pandemia en el inmueble arrendado, deducir un extra de gastos.

También se vuelve a rebajar, como en 2020, el plazo para deducir los saldos de dudoso cobro de los rendimientos del capital inmobiliario.

Por último, entre las novedades normativas cabe destacar los nuevos límites aplicables a la reducción por aportaciones a sistemas de previsión social que, en general, pasa de un máximo absoluto de 8.000 a 2.000 euros, aunque la norma sea más generosa en caso de que se produzcan contribuciones empresariales al plan de empleo.

De entre las 90 recomendaciones que hace el Reaf para elaborar la declaración, los economistas destacan que antes de presentar la declaración confirmando el borrador, se asegure que los datos fiscales que facilita la Agencia Tributaria son correctos.

Asimismo, recuerdan que si en 2021 se vendió la vivienda habitual y todavía no se ha comprado una nueva, se dispone de dos años para reinvertir el importe obtenido en la adquisición de una nueva vivienda habitual y se deberá indicar, en la declaración de este año, el compromiso de adquirir una nueva vivienda en dicho plazo, a efectos de dejar exenta la ganancia patrimonial de la venta.

Si se es mayor de 65 años y se ha transmitido en 2021 cualquier bien o derecho, obteniendo una ganancia patrimonial en dicha transmisión, el Reaf recuerda que la reinversión del importe obtenido, en los seis meses siguientes, en una renta vitalicia, con un máximo de 240.000 euros, puede hacer que dicha renta no tribute.

A la hora de deducirse la amortización de un inmueble alquilado, los economistas indican que conviene asegurarse de que la suma de las amortizaciones de todos los años anteriores no ha rebasado el límite del valor de adquisición de la construcción porque, si es así, y en 2021 sigue amortizando, Hacienda puede regularizar esta situación.

Igualmente, si se ha cobrado alguna ayuda, como el plan PIVE o MOVEA para la adquisición de un vehículo, o alguna ayuda otorgada por la comunidad de vecinos, por ejemplo, para cambiar el ascensor, tributan como ganancia patrimonial en la base general.

También tributa la ayuda para compensar los costes derivados de la liberación del segundo dividendo digital o el bono social térmico y se integran como ganancia patrimonial en la parte de base general.

Por último, los economistas indican que si se ha vendido o permutado monedas virtuales en 2021, se deberá tributar por una ganancia o pérdida patrimonial a integrar en la base del ahorro.

Las comisiones de compra y de venta pueden tenerse en cuenta a efectos de la determinación de los valores de transmisión y de adquisición. La comisión pagada en la venta constituye menor valor de transmisión, y la comisión pagada en la compra constituye mayor valor de adquisición.

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