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por descontar a la Comunitat la multa por el déficit

El Consell alega contra la decisión de Hacienda de sancionar a la Comunitat

31/07/2016 - 

VALENCIA, (EFE). El conseller de Hacienda, Vicent Soler, ha informado hoy de que el Gobierno valenciano "ha presentado alegaciones contra el hecho de que Ministerio de Hacienda haya decidido descontar de las transferencias del Estado la multa impuesta por la Unión Europea a España por la manipulación del déficit que sistemáticamente practicó el anterior Consell".

Según ha informado la Generalitat en un comunicado, Soler ha lamentado "el absurdo que supone que el Gobierno central nos repercuta la multa de 19 millones, incluidos intereses, que la Unión Europea ha impuesto al Reino de España por la mala gestión, el mal gobierno y las facturas en los cajones que acumuló el anterior Consell".

Asimismo, ha advertido que "la Administración central, que tenía la responsabilidad para comunicar a la UE los datos correctos del déficit, no actuó, pese a que esos datos se ponían de relieve, año tras años, por la Sindicatura de Comptes".

El titular de Hacienda, que ha calificado la decisión del Gobierno central como de "arbitraría y totalmente unilateral" ha explicado que "no podemos permitir que esos 19 millones se nos descuenten de las transferencias que Madrid debe remitir a la Comunitat el próximo mes de septiembre".

Las alegaciones que ha presentado el Consell se basan, entre otros argumentos, en que el "acuerdo de inicio del procedimiento de extinción de deudas de entidades de derecho público mediante deducciones de transferencias" comunicado a la Generalitat con fecha 14 de julio, y que ha de aplicar la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), adolece de "falta de motivación".

Además, se alega incorrecta fundamentación jurídica del acuerdo notificado, toda vez que la deuda que se pretende cobrar en ningún modo es de naturaleza tributaria y además se citan preceptos legales que son de aplicación a procesos con la entidades locales, no con las comunidades autónomas.

Además, se reprocha el incumplimiento del apartado 3 del artículo 17 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del derecho de la Unión Europea, lo que "provoca indefensión".

En este sentido, el escrito presentado por el Consell también señala que el inicio del procedimiento por parte de la Administración General de Estado "quiebra los principios de lealtad institucional y buena fe en las relaciones entre las administraciones".

Y ello porque el Gobierno se ha apresurado a repercutir a la Generalitat la multa, cuando el propio Ejecutivo central presentó un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de ahí que el Consell solicite en todo caso la suspensión de este procedimiento hasta que los tribunales europeos dicten sentencia.

Igualmente, pide la suspensión del plazo para resolver las presentes alegaciones hasta que el Tribunal Supremo resuelva el recurso que paralelamente presentó la Generalitat contra el acuerdo del Consejo de Ministros por el que le repercutió la sanción de la UE.

De este modo, se está a la espera tanto de la sentencia del TJUE como de la del Tribunal Supremo.

El Consell presentó recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2016 por el que se resolvió el procedimiento de determinación y repercusión de responsabilidades de la multa interpuesta por la Unión Europea.

El Tribunal Supremo admitió a trámite la denuncia de la Generalitat y la sigue instruyendo en la actualidad.

La Generalitat solicita en su escrito que se admitan las alegaciones presentadas por la administración valenciana y se resuelva anular y dejar sin efecto el acuerdo de inicio del procedimiento para imputar estos 19 millones de euros de multa, incluidos intereses, a las cantidades que debe recibir el Consell en concepto de transferencias del Estado.

En caso de no aceptarse las alegaciones presentadas, la Generalitat ha solicitado que subsidiariamente, y teniendo en cuenta el carácter vinculante para el Consejo de Ministros del pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el recurso de anulación que ha interpuesto el Reino de España contra esta decisión, se suspenda el plazo para resolver el procedimiento hasta que el TJUE resuelva sobre este recurso.

Del mismo modo, se solicita también la suspensión del plazo para resolver el presente procedimiento hasta que recaiga sentencia firme en el recurso contencioso-administativo interpuesto por la Generalitat.

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