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para agilizar los trámites

El Consell aprueba un convenio con la Asociación de Asesores Fiscales para facilitar el pago de impuestos

20/04/2018 - 

VALÈNCIA. El Consell ha aprobado la firma de un convenio de colaboración entre la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico y la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios en el que se establece un marco general de colaboración que va a favorecer las relaciones entre esta entidad y la conselleria. 

El fin último de este convenio, similar a los que ya se han formalizado con otros organismos, es habilitar a los asociados para que colaboren con la Administración Tributaria de la Generalitat, en calidad de presentadores por cuenta de los contribuyentes, facilitando así el cumplimiento de las obligaciones tributarias. 

Este convenio va a permitir que se agilicen aquellos trámites relacionados con la autoliquidación de compraventa de vehículos usados, así como del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. 

Además, la firma de este acuerdo evitará, en gran medida, los desplazamientos de los ciudadanos a las oficinas públicas, puesto que se realizarán intercambios de datos entre sistemas de información, cumpliendo con todas las garantías jurídicas y técnicas. 
Estos convenios aportarán a los ciudadanos representados por la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributario mecanismos de comunicación ágiles, sencillos, prácticos y eficaces. 

Los asociados que se suscriban al convenio deberán presentar e ingresar las autoliquidaciones tributarias, generadas mediante el Sistema de Ayuda a la Recepción de Autoliquidaciones (SAR@), y tendrán el deber de cumplimentar las declaraciones y autoliquidaciones de forma correcta, así como aportar toda la documentación anexa que sea necesaria. 

La adhesión a este acuerdo implica la utilización por parte de los miembros de esta asociación del cauce específico puesto a su disposición por la Administración de la Generalitat para la presentación e ingreso de declaraciones y autoliquidaciones en forma agregada o por lotes. 

En su caso, podrán presentar también por vía telemática las declaraciones, autoliquidaciones, comunicaciones y otros documentos de naturaleza tributaria cumpliendo las condiciones de la normativa vigente.

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