VALÈNCIA. En plena polémica por la intención del Ayuntamiento de València, y más concretamente de Compromís, de crear una empresa privada para evitar tener que contratar a los 250 falsos autónomos que la Inspección de Trabajo y la Tesorería General de la Seguridad Social han instado a dar de alta en Mercavalència, desvelada este lunes por Valencia Plaza, el Consistorio que preside Joan Ribó ha recibido otro tirón de orejas en relación con esta empresa pública.
En este caso es el Consell de Transparència, Accés a la Informació Pública i Bon Govern de la Generalitat valenciana, que ha dado la razón al Grupo Popular en el Ayuntamiento, al que el concejal de Comercio y presidente de Mercavalencia, Carlos Galiana, respondió de forma "incompleta y genérica" a la petición de documentación sobre la empresa que había solicitado la edil María Jesús Puchalt. La solicitud se presentó el 8 de noviembre del año pasado y la reclamación, el 28 de noviembre, hace casi un año. El organismo autonómico admite en una resolución remitida al Ayuntamiento el pasado viernes que no ha sido posible cumplir el plazo oportuno debido, dice, "a las carencias estructurales de este órgano".
Puchalt pidió copia de todas las facturas, contratos, expedientes de selección de personal, facturas de gasto en inmovilizado, convenios y gastos de viajes entre septiembre de 2015 y octubre de 2017, así como informes de auditoría y de legalidad de los ejercicios 2015 y 2016 y copia de los estatutos vigentes de Mercavalència.
El departamento de Galiana le respondió el mismo día de la petición que parte de la información estaba disponible en la web y que se le daba la posibilidad de conocerla "in situ" en la sede de Mercavalència. Todo excepto dos de las ocho peticiones: la de contratos y la de selección de personal, por contener, respectivamente, datos técnicos y comerciales sobre los que existe "deber de confidencialidad" y datos personales, confidenciales según la Ley de Protección de Datos.
Según el Consell de Transparència, respecto a la información alojada en la web el concejal debió "especificar los enlaces concretos para cada una de las peticiones", tal como estipula la ley de Transparencia valenciana. Sobre la puesta a disposición "in situ" de otra información, afirma la resolución que "el Ayuntamiento no puede indicar que la información solicitada está a su disposición sino que se le debe dar a la solicitante por medio electrónico", como establece la ley de Transparencia estatal.
Y en cuanto a las peticiones sobre contratos y selección de personal, afirma el Consell de Transparencia que "tampoco puede el Ayuntamiento de València negarse a dar la información aduciendo genéricamente que se trata de datos confidenciales". Lo que debe hacer, añade, es concretar cuáles son los elementos que según la ley son confidenciales "para, en el caso de que se trate de datos sensibles y que estén expresamente protegidos, que sean disociados y/o recortados ofreciendo parcialmente la información sin incurrir en infracciones".
Por todo ello, en la resolución, contra la que cabe recurso contencioso-administrativo, insta al Ayuntamiento a enviar la información a la concejal en la forma descrita, incluyendo la de contratos y selección de personal con la disociación o eliminación de datos que estime conveniente.
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