agiliza ayudas de violencia de género y clarifica criterios para la acogida

El Consell recorta los plazos para abrir residencias y centros de servicios sociales

11/07/2024 - 

VALÈNCIA. El nuevo 'decreto-ley Simplifica' aprobado por el Consell para agilizar los trámites burocráticos y facilitar la relación con la administración cuenta con un apartado dedicado especialmente al área de Bienestar Social e Igualdad. Así, la Generalitat Valenciana prevé modificaciones normativas, entre otras cosas, para favorecer la apertura de residencias y centros de servicios sociales, pero también para reducir la burocracia en el acogimiento familiar y agilizar los plazos de las ayudas a víctimas de violencia de género.

Uno de los principales cambios que implementa el decreto-ley en esta materia tiene que ver con la ley del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, donde se regulan las autorizaciones para la apertura de centros sociales en la Comunitat. En ese sentido, el Plan Simplifica modifica tanto la documentación preceptiva para la tramitación de las autorizaciones como algunos plazos previstos en la normativa.

Por ejemplo, fija que el visado colegial, que debía presentarse con todas las versiones de los proyectos de construcción, ahora sólo será obligatoria respecto del "proyecto básico y de ejecución definitivo". De este modo, el cambio recoge que "el visado colegial podrá ser sustituido, en el momento de iniciar el procedimiento de visado previo, por un certificado de colegiación del personal técnico firmante de la documentación técnica aportada".

Según fuentes del sector de las residencias, este cambio es positivo porque "permite un cierto ahorro económico y de tiempo en el proceso". Junto a él, la Conselleria de Servicios Sociales e Igualdad, que encabeza Susana Camarero, incluye en la modificación normativa una reducción de plazo en la contestación de la administración a las solicitudes de cambio de titularidad en centros de servicios sociales. Antes, la Conselleria tenía un plazo máximo de seis meses para responder pero tras el cambio, este se rebaja a un mes.

 

Con todo, según señalan desde el sector, la administración "normalmente no contesta tan rápido" por lo que, si no cumple con sus propios plazos, "lo que va a ocurrir es que casi todas las autorizaciones se denieguen por falta de contestación". "Lo ideal hubiera sido añadir el silencio positivo en la modificación", explican a este respecto, algo que no ocurre, de manera que el silencio administrativo sigue teniendo carácter denegatorio en este caso.

Acogimiento familiar

La Conselleria también simplifica la burocracia para acceder al acogimiento familiar de menores tras constatar "la especial complejidad y dedicación que requiere el acogimiento" y ante "las excesivas cargas burocráticas que deben soportar las familias acogedoras". Por lo que se pretende, según el decreto-ley, "eliminar el carácter preceptivo previo deciertos informes técnicos y la reducción de la documentación aportada por la ciudadanía".

Por ejemplo, se elimina un artículo que obligaba a las familias aspirantes a acogimientos especializados a contar "con informes técnicos favorables en el desempeño de acogimientos familiares anteriores con una duración igual o superior a tres años" o dos años en caso de acogimientos familiares especializados previos. Pero además, la administración no solicitará la documentación obligatoria a las familias -desde DNI hasta libro de familia, declaración de renta o empadronamiento- salvo que éstas se hayan opuesto a su consulta.

Ayudas a víctimas de violencia de género

El decreto-ley del Plan Simplifica también afectará a las convocatorias de ayudas a víctimas de violencia de género. En ese sentido, el texto señala que, desde que en 2007 se publicara la orden de la Conselleria de Bienestar Social para regular esta ayuda, se han producido "cambios normativos tendentes a simplificar cargas administrativas y hacer más ágil el procedimiento para las solicitantes de estas ayudas". Unas mejoras que, sin embargo, "no están recogidas en esta norma y que requieren una modificación inmediata".

Así, para la reducción de plazos se atiene a la normativa valenciana de "procedimientos de emergencia ciudadana", que reduce a la mitad los plazos máximos establecidos para resolver y notificar los procedimientos relativos a ayudas económicas a mujeres víctimas de violencia de género. Así pues, el cambio supondrá que el plazo máximo para que la administración valenciana resuelva las solicitudes de ayuda sea de dos meses, cuando hasta este momento se alargaba hasta medio año este plazo.

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