VALÈNCIA. El Pleno del Consell ha aprobado el decreto que establece el marco jurídico del personal laboral que trabaja en el departamento de Salud de la Ribera, una vez se produzca la extinción del contrato de gestión de servicio público por concesión.
Asímismo, ha aprobado un acuerdo en materia retributiva que garantiza el mantenimiento de las condiciones previas del personal subrogado tras la reversión.
El próximo 31 de marzo de 2018 finaliza el contrato entre la Conselleria de Sanidad Universal y la empresa Ribera Salud UTE II para la gestión de los servicios públicos por concesión administrativa en el departamento de salud de La Ribera.
Desde el día 1 de abril la gestión del departamento de La Ribera será pública directa. Al revertir la gestión en la Generalitat, el personal del departamento será asumido por el sistema público de salud.
La ley 21/2017 de 28 de diciembre de la Generalitat de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat, en su disposición adicional octava, sobre "Efectos en materia de personal de la extinción del contrato de gestión del servicio público por concesión del departamento de salud de La Ribera", ya estableció la subrogación en materia laboral y la continuidad de los trabajadores laborales.
El decreto aprobado desarrolla la disposición adicional de la Ley 21/2017 al establecer el régimen jurídico de aplicación al personal laboral que asume la Generalitat, la naturaleza laboral de la relación de empleo o sus condiciones de trabajo.
En cuanto al personal laboral contratado por la concesionaria, una vez quede extinguida la fórmula contractual con la empresa, la Conselleria de Sanidad Universal se subrogará en todos los contratos vigentes a 1 de abril de 2018 en sus mismos términos y condiciones. Todo ello según establece el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, que es el que regula los procesos de sucesión de empresa.
La relación laboral en este caso será la de personal laboral a extinguir, según establece la disposición adicional octava de la Ley 21/2017.
El decreto define claramente que el personal laboral mantiene todos sus derechos de jurisdicción social y de negociación colectiva con los representantes legales de los trabajadores.
Respecto al personal estatutario, el decreto regula el derecho de opción para el personal estatutario fijo en situación de excedencia. Estas personas tendrán el plazo máximo de tres meses a partir del 1 de abril de 2018 para decidir si optan por el reingreso como personal estatutario o por mantener su condición de personal laboral.
Acuerdo sobre el régimen retributivo
El Pleno del Consell ha aprobado también el Acuerdo del Consell de la Generalitat en relación con el régimen retributivo del personal subrogado como consecuencia de la reversión del departamento de La Ribera.
El acuerdo establece el mantenimiento de las retribuciones previas a la sucesión, tanto las que se derivan del convenio colectivo de la empresa como las que resultan de los contratos individuales de cada trabajador.