la norma estrella de transparencia acabó con el cabreo de la cev y los sindicatos 

El Consell rehace el decreto de responsabilidad social que el Botànic evitó aplicar  

El Ejecutivo autonómico modificará el punto más polémico sobre la subrogación de trabajadores de empresas contratadas por la administración 

26/04/2024 - 

VALÈNCIA. No resulta de extrañar que un Gobierno entrante de diferente signo político al anterior se dedique a modificar multitud de normativa de sus antecesores. Pero la historia del decreto de responsabilidad social, que ahora reharán el PP y Vox, es especialmente llamativa. Esta norma fue aprobada en agosto de 2022 por el PSPV, Compromís y Unides Podem. Pero los propios partidos que la sacaron adelante trataron de evitar su aplicación en la pasada legislatura. La gestión del asunto acabó con el desacuerdo de la patronal, aunque también con el cabreo de los sindicatos. 

La ley para el fomento de la responsabilidad social empresarial fue impulsada en la primera legislatura del Botànic por la Conselleria de Transparencia dirigida por Manuel Alcaraz (Compromís). Aprobada por Les Corts Valencianes en julio de 2018 con el único rechazo del PP, incorporaba cláusulas de responsabilidad social en el otorgamiento de subvenciones y en la contratación pública, de manera que la Administración no sólo valore la oferta más ventajosa económicamente, sino la que cumpla con aspectos sociales o medioambientales.

El texto resulta de especial importancia, porque tiene que aplicarse tanto para las contratas de Generalitat –unas 8.500–, como para diputaciones, mancomunidades, ayuntamientos, sector público institucional y universidades. Establece, a modo de ejemplo, el cumplimiento de los derechos laborales y de empleo digno en los pliegos de contratación o que las personas o entidades licitadoras, contratistas o subcontratistas, empresas filiales o empresas interpuestas no puedan realizar operaciones financieras en paraísos fiscales.

En la adjudicación de los contratos y en el otorgamiento de subvenciones –tanto a los beneficiarios como en la subcontratación con terceros–, el texto establece criterios de carácter social como la inserción laboral e inclusión social; igualdad de género; calidad laboral; y fomento del empleo autónomo y el cooperativismo. Igualmente, obliga a reflejar en la contratación pública el convenio colectivo sectorial objeto del contrato y a establecer una plantilla mínima y unas horas de trabajo acordes al mantenimiento de la calidad en el servicio público subcontratado. Y tiene en cuenta, del mismo modo, las cuestiones de carácter ético como el respeto a la cadena de producción y el comercio justo.

Por otro lado, se especifican criterios ambientales como el consumo, la eficiencia y el ahorro energético; los productos ecológicos; las emisiones y contaminación en el uso de vehículos; y la calidad ambiental. También se tiene en cuenta la ejecución de carácter ambiental con formación en la materia; materiales embalados con productos reciclables; designación de una persona como responsable medioambiental; recogida selectiva de residuos; productos textiles con la Etiqueta Ecológica Europea o equivalente; uso de medios electrónicos y tipos de papel; y medios de transporte y/o maquinaria eficiente.

   

El desarrollo reglamentario posterior tardó en realizarse. Transparencia pasó en la segunda legislatura a manos de Rosa Pérez (Esquerra Unida). La Conselleria comenzó a negociar con sindicatos y patronal el decreto que regulaba todas estas cuestiones y, tras varios años, el Consell lo aprobó agosto de 2022. 

En ese proceso de negociación, se incluyó una de las cuestiones más importantes para los sindicatos: la laboral. En el trámite de enmiendas presentadas por CC.OO. y UGT, se incorporó la obligación de subrogar las plantillas de las empresas contratadas por la Administración si hay cambio de titularidad, además de garantizar plantillas mínimas y salvaguardar las condiciones económicas y las horas trabajadas.

E incluyó un polémico párrafo: "El anuncio de licitación deberá incluir la información relativa a la obligación de la subrogación de las personas trabajadoras en sus relaciones laborales, bien por aplicación del régimen establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, bien por la aplicación del convenio colectivo y la negociación colectiva laboral aplicable, o por cualquier acuerdo con valor de convenio suscrito al amparo del artículo 83.3 del mismo". 

Con ello, las organizaciones de trabajadores y empresarios podían elaborar acuerdos sobre materias concretas que tendrán el tratamiento de la Ley del Estatuto de los Trabajadores para los convenios colectivos. Una vía usada en su momento por Transparencia para blindar la subrogación de personal en el caso de que haya sucesión de empresas, convenio colectivo o un acuerdo con valor de convenio. Y un punto que a la Confederación Empresarial Valenciana (CEV) desagradaba especialmente al considerar que vulneraba la normativa laboral vigente en materia de subrogación empresarial. 

Se eliminará que la subrogación de trabajadores pueda hacerse por aplicación de cualquier acuerdo con valor de convenio

Este es, precisamente, el párrafo que quiere cambiar el actual Consell del PP y Vox para eliminar que la subrogación pueda hacerse por aplicación de cualquier acuerdo con valor de convenio. Según explican desde la Conselleria de Hacienda, existen algunos convenios colectivos de determinadas actividades que obligan a la subrogación y otros no, por lo que se va a hacer es "cumplir la normativa". 

Se da la circunstancia de que el propio Botànic evitó aplicar su propio decreto mediante prórrogas y no entró en vigor la pasada legislatura. Después de todo el periplo, los sindicatos, que celebraron en su momento la aprobación, reconocieron su malestar y llegaron a tildar de "chapuza incomprensible" las maniobras del anterior Consell. Ahora quedará notablemente rebajado en el apartado laboral. 

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