VALÈNCIA. La Generalitat Valenciana cambia la normativa para conseguir la agilización de los proyectos de renovables en la Comunitat Valenciana. De esta forma, el nuevo 'decreto-ley Simplifica' elimina trabas y duplicidades para los promotores, lo que, según el sector, permitirá que, de media, la tramitación de un expediente tarde unos 18 meses. Un plazo más que razonable y que valoran las empresas y más teniendo en cuenta que en este momento hay iniciativas que llevan hasta cinco años de espera. Pero, además, la nueva regulación amplía la superficie máxima que podrán ocupar las plantas en un municipio al pasar del 3% de suelo al 10%.
"Queremos protagonizar el cambio porque hemos perdido mucho tiempo. Necesitamos aprovechar nuestra ventaja competitiva para la reindustrialización y ser más independientes energéticamente", aseguraba este martes el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, en una jornada sobre renovables en la que anunció la aprobación de este nuevo marco normativo que busca, entre otras cuestiones, dar un impulso a este sector en la Comunitat. "La única independencia que me interesa no es ni la fiscal ni la política, sino la energética", remarcó.
No obstante, no ha sido hasta este miércoles cuando se publicaba en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) el texto, que recoge importantes y ansiados cambios para revertir el actual panorama en la región en cuanto al despliegue de renovables. Y es que, en este momento, hay un tapón de cerca de 400 expedientes y la Comunitat solo tiene 2.004 MW instalados y, por tanto, únicamente aporta el 3% de la potencia renovable instalada en toda España.
Concretamente, el decreto-ley unifica criterios para los tres departamentos implicados en el proceso- Medio Ambiente, Industria y Urbanismo- de forma que utilizarán los mismos criterios a la hora de la evaluación de un proyecto para evitar situaciones como las que sucedían en la pasada legislatura en la que cada uno valoraba por su cuenta. Asimismo, se suprimen duplicidades y requerimientos, dado que de una sola vez se plantearán las posibles modificaciones al promotor, en caso de haberlas. Hasta ahora, un proyecto podía sufrir diferentes cambios en momentos diferentes del proceso, algo que dificultaba su puesta en funcionamiento. En definitiva, los permisos no tendrán que ir saltando de una Conselleria a otra como hasta ahora.
Así, por ejemplo, las consultas públicas a administraciones públicas, organismos y empresas afectadas por el proyecto tendrán que responder en un plazo de 30 días, mientras que para el informe en materia de ordenación del territorio y paisaje, el Consell fija un máximo de tres meses para resolver. En caso de que no exista un pronunciamiento prevalecerá el silencio positivo. Con ello, se busca acotar las largas tramitaciones.
Otro gran escollo que paralizaba la tramitación es la suspensión de licencias que han decidido implantar muchos ayuntamientos. La norma deja claro que no tienen competencia para ello. "Los ayuntamientos no podrán adoptar la suspensión general de tramitación de licencias para la implantación de instalaciones fotovoltaicas en ningún caso", remarca. Sin embargo, regula y mejora la participación de los ayuntamientos en el proceso para que tengan voz.
Además, la nueva regulación amplía la ocupación máxima de una planta sobre una superficie, dado que se pasa de un máximo del 3% del terreno de un municipio al 10%, pero siempre que sea suelo no urbanizable. "La Conselleria competente en materia de territorio llevará un control del porcentaje del suelo ocupado en cada municipio, así como del susceptible de ocupación, a partir de las solicitudes de implantación que se estén tramitando en cada momento. Esta información estará a disposición de los promotores, los cuales podrán consultarla antes de proponer la tramitación de su propio proyecto", reza el texto.
En este sentido, se avisará al empresario de la posibilidad de superar dicho porcentaje máximo de ocupación con su proyecto. En cualquier caso, se abre la posibilidad de que el municipio que así lo decida, mediante acuerdo de pleno, pueda eximirse de ese límite.
Como criterios generales para la ubicación de un parque, el Consell ha establecido que "se ubicarán en emplazamientos compatibles con el planeamiento territorial y urbanístico que reúnan las condiciones idóneas desde el punto de vista energético, ambiental, territorial y paisajístico, así como de protección del patrimonio cultural, histórico y arqueológico". Por tanto, se deberán evitar, con carácter general, la ocupación de suelo no urbanizable protegido o afectado por figuras de protección medioambiental y priorizar aquellos emplazamientos que "permitan o contribuyan a la dinamización de la actividad agrícola en su entorno, colaborando con las entidades de riego, cooperativas agrícolas y otras entidades".
También fija la priorización de aquellas instalaciones capaces de obtener un aprovechamiento múltiple del suelo, de modo que "se combine la generación de energía eléctrica con alguna actividad agraria, así como los desarrollos que "permitan la cooperación y colaboración con las redes de desarrollo rural".
Una gran novedad es que el gobierno autonómico podrá declarar un determinado ámbito territorial o un proyecto concreto como "prioritario energético" para la implantación de centrales fotovoltaicas, parques eólicos o instalaciones de almacenamiento. Ello implicará su tramitación de urgencia tanto para la construcción de las instalaciones, la compatibilidad territorial y urbanística y la exención de las reglas para la ocupación del suelo. Eso sí, con carácter previo a esta declaración, tendrá que haber un informe favorable de Territorio y Paisaje.
Por otro lado, la nueva norma del Consell clarifica cuestiones relacionadas con las garantías económicas que se exigen a los promotores. La legislación vigente recoge una disposición que señala que el impulsor de un proyecto tiene que disponer de forma efectiva de los fondos antes de obtener la autorización de construcción de una planta. Una cuestión muy abierta a la interpretación y que en ocasiones entorpecía la financiación bancaria de los proyectos por su literalidad. De esta forma, ahora lo que se busca es equiparar el ordenamiento normativo con el de otras autonomías en las que se exige un balance de cuentas saneado y no tener cuentas pendientes con Hacienda.
Para la patronal valenciana de las energías renovables, Avaesen, estos cambios son un balón de oxígeno, ya que se recogen gran parte de sus reivindicaciones para tramitar las nuevas instalaciones "con garantías y seguridad jurídica". Por tanto, valora la norma como "muy positiva". "Quiero agradecer el trabajo y la interlocución constante con el sector de la Consellera Nuria Montes y de su equipo que, junto a la labor del equipo de Salomé Pradas, han conseguido darle forma a una ley en sintonía con la necesaria transición energética que reclama la normativa europea RIS 3", destaca Marcos Lacruz, presidente de la asociación.
En este sentido, destaca que se elimina algunas restricciones que se habían demostrado ineficientes y/o arbitrarias y que obstaculizan la aprobación de proyectos. Por tanto, valora la simplificación y clarificación de criterios urbanísticos, así como la clarificación de qué modificaciones son sustanciales para evitar duplicidades y acortar los tiempos de tramitación.
Por su parte, el director general de Avaesen, Pedro Fresco, subraya que no solo se eliminan restricciones "que estaban perjudicando el desarrollo de proyectos excelentes, sino que incluye cuestiones interesantes como la tramitación del almacenamiento, que va a cobrar mucha relevancia en los próximos meses". "Avaesen siempre estará a disposición de la administración para continuar trabajando, juntos, por la competitividad, descarbonización de la economía y la transición energética que la Comunitat Valenciana necesita", apostilla Lacruz.