Hoy es 22 de noviembre
GRUPO PLAZA

El educador condenado por abusos basa su recurso en los informes que le exoneran

28/12/2019 - 

VALÈNCIA. El educador de un centro de menores, exmarido de la vicepresidenta Mónica Oltra, condenado a cinco años de cárcel por abusos a una menor internada en un centro, ha basado su recurso en los informes publicados por Valencia Plaza. La defensa, ejercida por la letrada Ana Cal, ha utilizado los artículos de este periódico en los que se explicaba que existen dos informes que concluyen que "no hubo abusos", y que la menor "no es creíble", para solicitar al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que se celebre una vista en la que se incluyan estos dossieres.

La abogada ha expuesto a lo largo de todo el recurso el contenido de dichas pruebas exonerativas. Unas pruebas a las que la defensa no ha tenido acceso, pero cuyas conclusiones publicó este periódico. Expone el recurso que de dicho informes "no tuvo conocimiento ninguna de las partes, ni el juzgado instructor, ni la sala enjuiciadora, ni lógicamente obraban unidos al procedimiento", y añade que hay un "hecho inexplicable" que es que la Fiscalía "sí tenía conocimiento de su existencia".

En cuanto al periplo de la abogada para acceder a estos informes, dice el escrito que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, que juzgó y sentenció el caso, denegó la incorporación de los mismos al sumario, negando así el acceso de la defensa a los mismos, porque "no ha lugar" pues ya hay sentencia. Decían los magistrados que se pidiera vía recurso.

Cal expone que ha existido una vulneración del derecho de defensa, "al haber existido dos informes exculpatorios de los que fue conocedora la Fiscalía, silenciando y ocultando su existencia" ya que, a su juicio, de haber contado con ellos, se hubiera obtenido un fallo "radicalmente distinto de la sentencia ahora recurrida". Y añade que el hecho de que estas pruebas de descargo no estén en el sumario, "es directamente atribuible a la Fiscalía, quien conociendo de su existencia, silenció la misma, ocultando así dos pruebas de una envergadura brutal tanto a la defensa, como al tribunal enjuiciado".

Durante su recurso, la defensa hace un repaso temporal de los hechos, el mismo que hizo Valencia Plaza al explicar que el primero de los informes, el del centro Espill, nunca llegó a la Fiscalía, y que el segundo, en el que se hacía un informe del primero, sí llegó a Menores pero nunca a la fiscal que llevaba el procedimiento penal contra el educador. Durante esta parte del recurso, Ana Cal le recuerda al TSJCV que ambos dossieres decían que "la menor no era creíble". También se transcribe de forma literal los artículos en los que se citan, de forma literal, las conclusiones de ambos informes.

La abogada expone que las pruebas son "pertinentes, necesarias". Pertinente porque guarda absoluta relación con el procedimiento y necesaria porque podría alterar el fallo de la sentencia. Así, recuerda que la única perito que dijo que la menor era creíble, una forense del Instituto de Medicina Legal de València, "no es perito especializada en abusos a menores, como sí lo es la profesional del Instituto Espill que realizó el informe". Y recuerda una frase de la propia sentencia que dice que, todas las personas que declararon durante el juicio, "reconocen no tener experiencia en relación a menores presuntamente acusados".

Sobre la posibilidad de cambiar el sentido de la sentencia, explica el recurso que el ponente dijo que, "la prueba de descargo no permite sostener que la denuncia de la menor obedezca a un interés espurio", y que "no hay razón para dudar de ella", sin embargo, el informe de Espill decía: "La menor podría tener una motivación espuria" porque la adolescente "tiene motivos para realizar una acusación falsa". Añadiendo, además, que no se apreciaba "realismo" en su relato. Todo ellos se deriva de que Espill fue el único centro que realizó un test de credibilidad.

Dos peticiones

Expone la defensa en su recurso que dos son las peticiones que le hace a los magistrados del TSJCV. La primera, la práctica de la prueba que no se pudo realizar en el juicio y, por tanto, que se dicte la "absolución" del educador ahora condenado. Pero, alternativamente, piden la nulidad del juicio para que se pueda volver a celebrar con un nuevo tribunal y la incorporación de los informes y testificales de quienes los hicieron y firmaron.

Todo ello porque según la letrada, "la indefensión generada ha sido enorme al haberse cercenado las posibilidades de defensa de esta parte por una falta de diligencia tanto de la Conselleria de Igualdad como de la Fiscalía de Menores".

El recurso incluye otros motivos que solicita sean incluídos de forma subsidiaria como la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, así como una nueva valoración de la veracidad de la declaración de la víctima, este hecho solicitado a raíz de los informes, pues genera una duda razonable.

Ahora deberá ser el alto tribunal valenciano el que decida si incluye los informes desvelados por Valencia Plaza y los tiene en cuenta a la hora de emitir su fallo o, por el contrario, ratifica la sentencia y deja en manos del Tribunal Supremo este caso.

Noticias relacionadas

next

Conecta con nosotros

Valencia Plaza, desde cualquier medio

Suscríbete al boletín VP

Todos los días a primera hora en tu email


Quiero suscribirme

Acceso accionistas

 


Accionistas