MADRID (EP). El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto Ley de medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, en el que se incluye la revalorización de las pensiones de un 1,6% las pensiones y un 3% las mínimas y no contributivas para el próximo año, tal y como se establecía en el acuerdo presupuestario alcanzado entre el Gobierno y Unidos Podemos.
Así lo ha señalado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la última rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del año, donde también ha dejado claro que la subida del 1,6% será seis décimas superior a la previsión del IPC del Gobierno para 2019.
"Habrá ganancia de poder adquisitivo frente a años de merma constante por el sistema anterior de cálculo", ha apostillado el presidente, tras afirmar que las pensiones "son un derecho de ciudadanía y no una mercancía con la que hacer negocio".
Según ha señalado el Ministerio en un comunicado, la revalorización afectará a 10.340.805 pensiones públicas, de las que 9.692.296 son contributivas. Del resto, 451.229 son de carácter no contributivo y 197.280 corresponden a prestación familiar por hijo a cargo con 18 o más años y minusvalía superior al 65%.
Asimismo, el coste total de la subida alcanza los 2.591,65 millones de euros, de los que 2.481,10 millones de euros corresponden a pensiones contributivas.
El texto normativo recoge también el abono de una paga por la diferencia entre la revalorización del 1,6% que se aplicó y el 1,7%, resultado de calcular la media de los índices de precios al consumo mensuales de los últimos doce meses.
Así, el importe de la pensión mínima para los jubilados de 65 años con cónyuge a cargo quedará en 835,8 euros al mes, la de sin cónyuge en 677,4 euros y la de con cónyuge no a cargo en los 642,9 euros.
Por su parte, las pensión de viudedad para los titulares con cargas familiares se situará, a partir del 1 de enero, en los 783,6 euros mensuales.
En el caso de ser mayor de 65 años o de tener una discapacidad mayor o igual al 65% será de 677,4 euros. Si el titular de la pensión tiene entre 60 y 64 años, la cuantía será de 633,7 euros, mientras que en el caso de los beneficiarios menores de 60 años la prestación será de 513,10 euros anuales.
En el caso de las pensiones de orfandad, el importe ascenderá a 207 euros por beneficiario, mientras que si el beneficiario tiene menos de 18 años y cuenta con una discapacidad superior o igual al 65% la cuantía será de 407 euros mensuales. Por su parte, la pensión máxima de jubilación se situará en los 2.659,41 euros mensuales.
Según ha informado el Ministerio, los pensionistas recibirán la paga compensatoria de un 0,1% adicional antes de abril del año que viene.
El secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, afirmó que este nuevo índice de revalorización de las pensiones usado para calcular "la paguilla" compensatoria, sustituiría a partir de 2020 al índice de revalorización de las pensiones actual por el cual estas suben un 0,25% mientras la Seguridad Social tenga déficit.
No obstante, finalmente el Ministerio no lo ha incluido dentro del decreto y ha indicado que el Gobierno tiene la voluntad de que en los seis primeros meses del año, en el marco del diálogo social y de acuerdo con las recomendaciones del Pacto de Toledo, se diseñe un mecanismo de revalorización de las pensiones que garantice el mantenimiento de su poder adquisitivo, preservando la sostenibilidad social y financiera de la Seguridad Social.
El texto también recoge el aumento de cuatro puntos del porcentaje de la base reguladora para el cálculo de la pensión de viudedad, que se suma a la mejora de los 4 puntos aprobada en julio.
A partir de enero, la pensión de viudedad se calculará aplicando el 60% de la base reguladora. Con esta subida, se culmina y da cumplimiento a la disposición incluya en la Ley sobre actuación, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, que preveía la aplicación gradual de la subida, en un plazo de 8 años a partir del 1 de enero de 2012 hasta el 60%.
Esta subida beneficia a las personas con 65 años o más que no perciben ingresos por trabajo ni otras pensiones. Además, en el caso de que sean complementadas a mínimos, no percibirán variación de la paga, ya que el Estado complementa adicionalmente su pensión hasta el mínimo que hoy se aprueba.