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tres unidades de Primero de Bachillerato y cuatro de Segundo

El Pilar recupera el concierto de Bachillerato mientras dure el proceso judicial

13/10/2017 - 

VALÈNCIA (EFE). La Conselleria de Educación ha acordado suspender la ejecución de la resolución sobre conciertos educativos en el caso del colegio de El Pilar de València, por lo que mantendrá el concierto de la unidad de Primer curso de Bachillerato que se no se había renovado, mientras dure el proceso judicial abierto.

Según la resolución firmada por el conseller de Educación, Vicent Marzà, el 19 de mayo se resolvieron los expedientes de conciertos educativos de la Comunitat Valenciana, según la cual, al centro El Pilar de València se le concertaron tres unidades de Primero de Bachillerato y cuatro de Segundo (una de ellas provisional).

La Compañía de María-Marianistas y la Asociación de Padres y Madres de Alumnos interpusieron un recurso contencioso-administrativo contra la resolución y pedían como medida cautelar la suspensión de la ejecución de la resolución recurrida.

La medida, que en un principio fue denegada, fue finalmente aceptada por el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV), que en un auto del 28 de julio estimó el recurso de reposición y acordó adoptar la medida cautelar de mantenimiento del concierto de la unidad suprimida durante la tramitación del procedimiento.

El colegio El Pilar de València depositó a principios de septiembre una fianza de 187.000 euros exigida por el TSJCV para mantener el aula concertada, aval que el tribunal admitió como suficiente e instó a la Conselleria a suspender la ejecución de la resolución sobre conciertos educativos.

En una resolución con fecha del 20 de septiembre y publicada hoy en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), el conseller de Educación acuerda suspender la ejecución de la resolución sobre conciertos educativos respecto a este centro, y da por concertada la unidad de Primer curso de Bachillerato mientras dure el proceso.

Esta resolución, que tendrá efectos retroactivos al 1 de septiembre, pone fin a la vía administrativa, y contra ella podrá interponerse un recurso de reposición ante el conseller en el plazo de un mes, o un recurso contencioso-administrativo ante el TSJCV en el plazo de dos meses, ambos a contar a partir de mañana. 

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