Francisco Marín admite que las sentencias sobre esta materia "siempre generan polémica" aunque lo "asumen" al ir "en el sueldo"
VALÈNCIA. (EP). El presidente de la sala de lo Civil del Tribunal Supremo, Francisco Marín, ha explicado este jueves que se optó por adelantar el fallo sobre los gastos hipotecarios para que "no hubiera especulaciones durante el tiempo en que se tarda en redactar la sentencia", que ha recalcado que se adoptó por "unanimidad" porque "no había dudas", y ha destacado que permitirá "una disminución del número de litigios".
El magistrado, antes de intervenir en una conferencia en el Colegio de Abogados de València sobre la porblemática de la ejecución hipotecaria, ha destacado al respecto que las consecuecias prácticas de este fallo del Tribunal Supremo, que da la razón a la banca en lo referido a quién debe pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), serán "importantes".
Así, ha apuntado que habrá muchos litigios que ya se resuelvan con "rapidez", otros en los que "se produzca una especie de acuerdo" y otros que "ni siquiera se promuevan". "Esos son los beneficios de una sentencia del Supremo", ha destacado, como ya ocurrió, según ha recordado, con las acciones de Bankia, que logró que socialmente se resolviera con "bastante rapidez" o las cooperativas de las viviendas.
Marín ha comentado que las sentencias del Supremo sobre estas materias "siempre generan polémica" porque si se falla a favor del banco "se va a decir que el Supremo está a favor de los bancoa" y si se falla a favor del consumidor "se va a decir que el Supremo está en contra de los bancos". No obstante, ha apuntado que es "un riesgo" que los magistrados del Supremo "asumen y va en el sueldo".
Con todo, ha subrayado que esta sentencia se adoptó de forma "unánime" y tras una deliberación "corta" porque todos los magistrados de la sala lo vieron "muy claro".
Por otra parte, ha señalado que para que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea pueda pronunciarse, como confían algunas asociaciones de consumidores y despachos de abogados, hace falta que un juez plantee una cuestión prejudicial y, en principio, los magistrados de la sala "no han visto ninguna razón" para hacer la consulta porque la norma que determina a quién corresponde el pago del impuesto es una norma nacional y no de la Unión Europa.
Así, Marín ha señalado que cuando se pronuncia el TJUE el Supremo "siempre adapta su jurisprudencia a lo que decida", pero para que se plantee una cuestión prejudicial "hace falta que tengamos dudas sobre la interpretación de una norma del derecho de la Unión Europea" y en este caso la norma tributaria es "nacional".
Otra cosa es que se cambie la legislación como plantea el PSOE. En ese caso, "lógicamente los tribunales están sometidos al imperio de la ley" y "ahí no hay motivos de conflicto".
Marín ha aclarado que la interpretación de las normas tributarias corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa. En este caso, había pronunciamientos "muy claros" y jurisprudencia "constante" de la sala tercera. Por ello, la sala de lo Civil entendió que "no había por qué apartarse de ese criterio".
Por ello, ha advertido de que sostener una "interpretación diferente en materia tributaria por parte de la sala primera y la tercera no tendría sentido" y se generaría "una especie de desconcierto o caos generalizado que no es conveniente". Además, la solución de la sala tercera era "muy razonable".
Así, ha insistido en que a la jurisdicción civil "no le corresponde interpretar las normas tributarias, que corresponde a la jurisdicción administrativa, sino determinar si una cláusula es abusiva o no lo es".