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El Síndic censura la falta de documentos en la comisión de investigación del fraude de la EMT

14/05/2020 - 

VALÈNCIA. La comisión de investigación sobre el fraude de cuatro millones perpetrado contra la EMT de València ya quedó vista para sentencia el pasado mes de enero. Ahora sólo queda abrir el melón de las conclusiones. Sin embargo, este procedimiento ha quedado paralizado por la crisis sanitaria del coronavirus. Con todo, a principios de mayo el Síndic de Greuges emitió una resolución en la que censura que la empresa municipal que preside el edil Giuseppe Grezzi no entregara toda la documentación solicitada por la oposición, en concreto del Partido Popular.

Así consta en el escrito que ha enviado el órgano de control al alcalde de València, Joan Ribó, según el cual recomienda al consistorio contestar "a todas las solicitudes de información presentadas" por los representantes populares en la comisión de investigación, "facilitando todos los documentos solicitados, salvo los inexistentes [...] así como las videoactas de las sesiones de la comisión de trabajo de la que forman parte". Estas últimas, de hecho, eran necesarias para poder elaborar las conclusiones finales de la investigación.

Los concejales del PP, Carlos Mundina y Marta Torrado habían pedido numerosos documentos como miembros de la comisión de investigación. La identificación de los equipos desde los cuales se hicieron transferencias desde 2016 y los responsables con firma; los correos electrónicos de la jefa de área de todo el mes de septiembre de 2019 -cuando ocurrió el fraude-; los expedientes de contratación de las directivas involucradas, el gerente, el director adjunto y el propio secretario -esto último en relación a sus vínculos con el cuñado del alcalde-; informes de incidencias, auditorías de seguridad desde 2016, manuales de procedimientos y protocolos, escrituras con los poderes otorgados al director adjunto, etcétera. 

Los populares denunciaban que se les había denegado el acceso a toda esta documentación. El Síndic, antes de emitir resolución al respecto, pidió alegaciones a la empresa municipal, quien alegó la inexistencia de algunos de ellos. También subrayaba que otros varios carecían de relación con el fraude, y "se informó a los miembros [...] que tienen a su disposición la documentación solicitada en la sede de EMT". 

Otros, explicaba, ya han sido entregados, -si bien el PP insiste en que no existe ningún acuse de recibo- y en otros casos, su entrega podía suponer "una vulneración de derechos de terceros, trabajadores o personal externo a EMT". Admite, eso sí, que uno de los documentos, el laudo de faltas y sanciones aplicables al personal, no se había entregado y "será entregado en la próxima sesión del Consejo de Administración".

Con todo ello, el Síndic de Greuges recoge "el derecho a obtener la información necesaria para el ejercicio de las funciones públicas atribuidas a los concejales", en tanto representantes democráticamente elegidos por los vecinos de València. Y entre sus funciones se encuentra la del control y fiscalización de la acción del gobierno, lo que implica que "tengan acceso a la documentación y datos que disponga la corporación". De esta manera, prosigue el escrito, si los representantes encuentran "cortapisas", "no sólo se vulnera directamente" el mencionado derecho sino que, indirectamente, también "se elevan obstáculos improcedentes" a los derechos de los ciudadanos.

Además recuerda una sentencia del TSJ valenciano en la que indica que con la digitalización de hoy en día no hay excusa para no facilitar información a los concejales de la oposición. Y se refiere el defensor del pueblo también a que el silencio administrativo es una práctica que genera una "auténtica inseguridad jurídica e indefensión material".

En definitiva, el Síndic concluye que "no procede denegar el acceso a la información municipal alegando que contiene datos que afectan a la intimidad o privacidad de las personas", ni tampoco aduciendo "la prohibición de cesión de datos a terceros" porque, a la postre, los concejales no son terceros, sino que forman parte de la propia administracion municipal. Eso sí, también tienen un deber de confidencialidad.

En definitiva, lo que dice el Síndic sobre los documentos que la EMT subraya que no existen es que "si realmente no existen, los concejales tienen derecho a que se indique" en una resolución expresa. Aquellos que la empresa municipal dice que no tienen relación con el fraude sí que deberán ser entregados: "La mayor o menor relación de esta información con el fraude no es un límite ni causa de inadmisión para no facilitar la documentación solicitada".  Y lo mismo deberá  hacerse con los documentos que afectan a terceros o trabajadores de la propia firma de movilidad: los ediles tienen derecho a acceder a ellos, aunque tienen deber de reserva o confidencialidad.

A la postre, el defensor del pueblo valenciano insta al consistorio a atender todas estas demandas y aunque en circunstancias normales, el consistorio debería aceptar o denegar las consideraciones manifestadas por el Síndic, "ante la situación excepcional" por la covid-19 están suspendidos los plazos y se espera que el Ayuntamiento actúe "lo antes posible".

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