VALENCIA. El Sindicato Libre de Farmacéuticos de la Comunitat Valenciana ha interpuesto un recurso contencioso administrativo contra Sanidad al entender que el concierto para los pagos realizado entre los colegios y la conselleria incumple la ley nacional de morosidad.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat ha admitido a trámite el recurso, solicitando una mayor información.
Su argumentación es que las facturas pueden agruparse a largo de un periodo determinado no superior a quince días, mediante una factura comprensiva de todas las entregas realizadas en dicho período y el plazo marcado por el concierto entre Sanidad y el colegio para el pago es de 30 días.
Sin embargo, aseguran que la ley estipula que ese periodo debe contarse a partir de la mitad de los días de agrupación de las facturas, por lo que entienden que los pagos no deben hacerse a 30 días, sino en 15 o 20, ya que se pagan a mes vista.
"Entendemos que sería admisible extrapolar, para hacer una facturación mensual y cobrar entre el 15-20 del mes siguiente en la línea que han seguido los últimos conciertos firmados, Canarias, Madrid, Castilla la Mancha, Castilla León o Galicia. Por ejemplo, las facturas del mes de Septiembre se pagarían entre el 15-20 de Octubre", explican desde el sindicato.
Además , señalan que la Ley también marca que los plazos establecidos no se podrán ampliar ya que aunque hubiese un acuerdo entre las partes, sería una clausula abusiva.