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antes les aplicaba un 15% y ahora, un 5%

El Supremo avala que El Corte Inglés haga menos descuento a sus empleados en la Play Station 4

4/01/2016 - 

MADRID (EP). La sala IV del Tribunal Supremo ha avalado que El Corte Inglés reduzca a sus empleados el porcentaje de descuento al comprar las videoconsolas Play Station 4 y Xbox One, al considerar que no supone una modificación sustancial de condiciones de trabajo, ya que no transforma ningún aspecto fundamental de la relación laboral, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

   En concreto, la sentencia desestima el recurso presentado por el sindicato CC.OO. que defendía que esa reducción suponía una "modificación sustancial" de las condiciones de trabajo y que los trabajadores tenían derecho a que se les mantuviese el descuento del 15% en esos productos del que disfrutaban antes de diciembre de 2013, cuando se rebajó al 5%.

   El Supremo subraya que la decisión empresarial, referida a las Play Station 4 y Xbox One, estaba fundada en el hecho de que las empresas fabricantes mantienen una política de precios muy rígida, debido a las fuertes inversiones en el desarrollo y en su promoción comercial, de manera que los márgenes para el comerciante son menores de lo habitual, por lo que aplicar un 15% de descuento podría ser superior al margen.

   De esta forma, el Alto Tribunal concluye que la decisión de El Corte Inglés fue ajustada a derecho porque se trataba de una "medida causal cuyo fundamento era absolutamente razonable", ya que no era una modificación sustancial de condiciones de trabajo, sino accesoria, que, aún perteneciendo al poder de dirección empresarial no podría realizarse de forma arbitraria e intencionada, lo que se descarta en este caso al concurrir una causa eficiente que configura la medida como plenamente adecuada.

   De esta forma y en contra de lo que estableció en primera instancia la Audiencia Nacional, el Supremo rechaza que la reducción del descuento en la compra de las consolas de videojuegos supusiera una modificación sustancial de condiciones de trabajo, ya que no transforma ningún aspecto fundamental de la relación laboral.

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