VALÈNCIA. El Tribunal Supremo ha admitido a trámite varios recursos del Ayuntamiento de València contra las sentencias contrarias al cobro, por parte del consistorio, del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a las empresas hoteleras durante el período que duró el confinamiento de 2020 y las restricciones posteriores por la pandemia.
El alto tribunal, en dos autos recientes, traslada que la cuestión presenta interés casacional para la formación de jurisprudencia. Así, determinará si la suspensión o limitación transitoria de la actividad de un determinado sector ordenada por el decreto de declaración del estado de alarma permite considerar que no se produjo el hecho imponible del Impuesto sobre Actividades Económicas durante el periodo en el que estuvo vigente tal medida. En base a ello, considerará si procede instar a la devolución de la parte de la cuota del impuesto abonada por las empresas de este sector.
Este pronunciamiento deriva de los recursos interpuestos en los tribunales por varias empresas del sector hotelero valenciano después de que el Ayuntamiento desestimara la devolución de los ingresos por este tributo. El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Valencia les dio la razón. Una decisión que recurrió a su vez el consistorio y que ahora llega al Supremo.
El juzgado consideró que, indudablemente, durante el estado de alarma, no se produjo el ejercicio de la actividad o se produjo con graves limitaciones. "Se trata de un supuesto de ausencia de hecho imponible, sin que resulte exigible a la parte actora la formalidad de comunicar una baja en la actividad, que le había sido impuesta por el mismo estado (en sentido amplio) que ahora reclama el tributo", expresó la sentencia en su momento.
En este sentido, concluyó que el retorno de la cantidad reclamada al Ayuntamiento no se trataba, como pretende el consistorio, de una bonificación, "sino de devolución debida de ingresos derivados de hecho imponible no producido" durante el estado de alarma y las posteriores restricciones. Ahora el Supremo deberá resolver sobre todo ello.
Cabe recordar que el IAE es un gravamen que se aplica a las empresas con una cifra de negocios anual superior al millón de euros y se paga en base a los resultados declarados dos años atrás. Es decir, que en en el año 2020, en pleno auge de la pandemia, las empresas estaban pagando por los beneficios de 2018 y no por los de ese momento. Una estructura fijada por ley y que en pleno impacto por la crisis sanitaria enfadó a las actividades más afectadas, como la turística.
La cuestión en liza, por tanto, no es baladí: los ayuntamientos, especialmente las grandes ciudades, se juegan mucho en este litigio. Y el de València, entre ellos, pues a principios de año cifró en 750.000 euros el coste que tendría para las arcas públicas si la justicia se ratificara en la decisión, favorable en los juzgados de primera instancia a la devolución del IAE de los meses del cierre.
Según las cifras que maneja el Ministerio de Hacienda, los ingresos de las corporaciones locales por IAE en 2020 fueron de 1.632,9 millones de euros. Y el sector hotelero no es el único afectado. Prueba de ello es que el Casino Cirsa de València, también llegó a batallar contra el cobro del IAE por parte del consistorio valenciano.