VALÈNCIA. El Tribunal de Cuentas ha condenado a la que fuera jefa de Administración de la EMT de València por el fraude millonario perpetrado por unos estafadores anónimos contra la empresa municipal. El fallo del Tribunal considera así a Celia Zafra responsable contable por una negligencia grave del robo de más de cuatro millones de euros acaecido durante el mes de septiembre de 2019 y le condena a abonar este importe.
La estafa millonaria se fraguó en 2019 cuando los defraudadores engañaron con técnicas de ingeniería social a Zafra, haciéndose pasar por el presidente de la EMT y concejal, Giuseppe Grezzi, y un abogado de la consultora Deloitte. Así consiguieron que, saltándose los procedimientos internos habituales en la EMT a raíz del engaño, la directiva facilitara datos privados de los responsables de la empresa pública que tenían permiso para firmar transferencias y ejecutara hasta ocho traspasos de un total de 4,04 millones de euros a dos cuentas radicadas en Hong Kong.
Tras lo sucedido, Zafra fue fulminantemente despedida de la empresa pública. Y por la pérdida de ese dinero, que todavía no se ha recuperado, el Tribunal de Cuentas la acusó por la responsabilidad contable de los hechos y requirió a la ex directiva de la firma pública una fianza de 4,2 millones de euros. Esto es, el dinero robado junto con los intereses. Un montante que Zafra no pudo aportar, por lo que el Tribunal le embargó una plaza de garaje.
Finalmente, el Tribunal de Cuentas ha condenado a Zafra a pagar los cuatro millones de euros, según ha podido saber este diario. El fallo, aunque no considera que haya dolo ni que la directiva pretendiera el resultado, sí considera que hubo falta de diligencia y que eso facilitó el robo.
"Sin informar a sus superiores, ni hacer consulta alguna a aquellos o a compañeros o colaboradores sobre la operación, el procedimiento o el destino de los fondos, la declarada responsable facilitó información sobre los cargos competentes de la EMT para autorizar y ordenar pagos a cargo de la sociedad, sus DNI escaneados y documentos en los que aparecían sus firmas", explica el Tribunal: "Con ellos, se elaboraron órdenes de pago fraudulentas, que la propia empleada remitió a la entidad bancaria para que hiciera las transferencias, sin la autorización de sus superiores y sin seguir el sistema de pagos establecido".
La sentencia declara que la conducta de la empleada reúne todos los requisitos de la responsabilidad contable. En particular, califica su proceder como "gravemente negligente", porque "no guardó las mínimas cautelas que corresponderían al canon de diligencia cualificado por el carácter público de los fondos gestionados". A juicio del tribunal, "un empleado o empleada públicos que hubiera actuado conforme a un criterio de diligencia normal hubiera consultado formal o informalmente a compañeros o superiores sobre el procedimiento, la regulación o el modo de afrontar la cuestión. Y, en caso de duda, los hubiera sometido a la consideración de sus superiores o pedido las instrucciones formales de éstos".
El presidente de la EMT, Giuseppe Grezzi, siempre ha sostenido que Zafra fue una de las responsables de lo sucedido junto a la entidad bancaria que tramitó los pagos ordenados por la ex jefa de Administración, Caixabank, por saltarse los protocolos acordados. Esa es la tesis que el también edil de Movilidad Sostenible mantuvo durante el proceso ante el Tribunal al creer necesario el fallo de ella para que se produjese el robo. Por su parte, Zafra y su defensa negaron la culpabilidad en lo sucedido al defender que la ex directiva fue engañada y, en ese sentido, víctima, por lo que "no puede pagar" por lo sucedido.
Hay que recordar que la Fiscalía del Tribunal de Cuentas consideró que la ex directiva tenía "responsabilidad contable" en la estafa y cree que es "responsable directa" de ella. A su juicio, Zafra se excedió en sus funciones y "sin informar en ningún momento a sus superiores, facilitó a un tercero la información necesaria para que la sustracción de los fondos tuviera lugar" y remitió los documentos fraudulentos a la entidad bancaria, con el conocido resultado.
En paralelo a este procedimiento por responsabilidad contable en el Tribunal de Cuentas, sigue vivo en la vía penal el proceso judicial por la estafa millonaria a la EMT, que instruye el juzgado de Instrucción número 18 de València, y en el que está imputada Zafra. La investigación prosigue y, por el momento, se dan por perdidos los cuatro millones de euros, que fueron centrifugados en una veintena de empresas gestionadas por dos mulas desde Hong Kong. La EMT espera que Caixabank sea declarada responsable subsidiaria del fraude, si bien la entidad bancaria rechaza cualquier tipo de responsabilidad.
El alcalde de València, Joan Ribó, ha considerado este viernes que la sentencia que considera responsable del fraude de la EMT a una exempleada y que la condena a reintegrar más de cuatro millones de euros "confirma que la EMT tenía todos los protocolos de control en vigor y señala a la responsable de no cumplirlos".
En un comunicado, Ribó ha asegurado que se trata de “una noticia de la máxima importancia”, porque tal y como recoge la sentencia, “ahora podemos decir que la EMT sí tenía todos los protocolos de control en vigor, pero que esa persona se los saltó".
La sentencia, subraya el Consistorio, reconoce "también que la práctica regular en la EMT era el abono a proveedores por medio de la preparación de los pagos en la banca electrónica de CaixaBank, y señala que dicho protocolo estaba instaurado en la compañía".
Según se recoge en la sentencia, la demandada “no llevó a cabo unas mínimas averiguaciones sobre la veracidad de las personalidades de los terceros que buscaban lograr su cooperación”, especialmente cuando una de ellas correspondía al presidente del Consejo de Administración de la EMT, el concejal Grezzi.
Asimismo, “no consideró la improbabilidad de que el principal directivo de la sociedad se dirigiera a ella, un cargo directivo medio, para poner en marcha una operación de tal envergadura”.
También se indica que la ex directiva “se sometió a una supuesta cláusula de confidencialidad por la que se obligaba a no informar a sus superiores jerárquicos directos ni al resto del personal de la EMT de la operación a realizar, sin plantearse la posible irregularidad de aquella, ya fuera por el nivel de responsabilidades que debería asumir o por la excepcionalidad que representaba su utilización en la forma habitual de proceder de la EMT".