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Avala sin embargo el acuerdo que estableció la distribución para el trienio 2014-2016

El TS anula el límite de déficit autonómico de 2013 porque no fue llevado al Congreso

6/04/2016 - 

VALENCIA, (EP). El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal ha anulado el acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de agosto de 2013 que fijó la distribución entre las comunidades autónomas de régimen común, incluida la valenciana, de los objetivos generales de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el año 2013. Estima con ello, aunque de forma parcial,  los recursos presentados por Cataluña, Andalucía y Asturias. 

El Gobierno aprobó los objetivos de estabilidad y deuda para el año 2013, que incluyó un déficit diferente para cada comunidad autónoma. Lo hizo el 30 de agosto, en un acuerdo que fue consecuencia de otro anterior, del 13 de julio, en el que el Consejo de Ministros había aprobado los objetivos generales para aquel año.

El Supremo estima el recurso de esas tres comunidades y declara nula la decisión del Consejo de Ministros, porque ese acuerdo del 13 de julio previo no fue llevado a las Cortes Generales para su aprobación y, por tanto, carece según los jueces de eficacia jurídica.

De hecho, Cataluña, Andalucía, Asturias y también Canarias habían recurrido igualmente ese acuerdo del 13 de julio de 2013. La Sala también lo ha resuelto hoy y ha decidido inadmitir los recursos al entender que se trató de un acto preparatorio de un acuerdo parlamentario, que tuvo que ser llevado al Congreso.

Los casi 40 magistrados que integran esta Sala darán a conocer sus resoluciones en los próximos días. Junto a estos dos recursos, han resuelto otros dos, todos ellos relativos a los objetivos de estabilidad presupuestaria aprobados en 2013.

El primero de los acuerdos impugnados por las cuatro autonomías citadas fue aprobado el 28 de junio de 2013, que fijó los objetivos generales de estabilidad presupuestaria y deuda pública para el trienio 2014-2016. Los recursos de las comunidades contra este acuerdo se rechazan por falta de jurisdicción, en cuanto que esos objetivos fueron aprobados posteriormente por las Cortes Generales.

Finalmente, Cataluña y Andalucía impugnaron además un cuarto acuerdo del Ejecutivo que estableció la distribución entre las comunidades de los objetivos para el trienio 2014-2016, consecuencia del acuerdo anterior. En este caso los magistrados desestiman también los recursos y avalan la decisión del Consejo de Ministros, ya que era consecuencia de la tomada el 28 de junio que sí aprobó el Parlamento.

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