VALÈNCIA. En el año 2006, el pleno municipal de Almussafes aprobó la suscripción de seis convenios urbanísticos de cesión gratuita de suelo para proceder a la ampliación de la zona deportiva de Almussafes. A cambio de ello, según explican desde el ayuntamiento, se comprometieron a otorgarles a los titulares de los terrenos edificabilidad en la revisión del PGOU que en aquel momento ya estaba iniciada.
Una década después, en 2016, la revisión del nuevo planeamiento todavía no había sido aprobada y, como consecuencia, los propietarios requirieron la correspondiente indemnización al no disponer del aprovechamiento de suelo determinado en los convenios.
Ante esta situación, el consistorio dejó sin efecto los convenios y aprobó la adquisición de las parcelas, comprometiendo un gasto plurianual con prospección a cinco años, de 2016 a 2020, de un total de 895.334,15 euros.
Pero, este acuerdo, hizo que cinco regidores de Compromís, en la oposición y que votaron en contra, interpusieran un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado número 4 de Valencia para su impugnación. En él solicitaban que se declarase la nulidad de los actos administrativos impugnados y que se condenase a las partes demandadas a devolverse las recíprocas prestaciones derivadas de los mismos, es decir, la propiedad de las parcelas adquiridas por el Ayuntamiento y las cantidades percibidas por sus propietarios por su adquisición.
Sin embargo, esto fue desestimado, según recuerdan desde el ayuntamiento, en enero de 2019 al considerar que no existía ninguna infracción ni vulneración de ninguna norma, ya que los convenios establecían que las estipulaciones quedaban sujetas la aprobación del Plan General y, "de no ser así, los propietarios de los terrenos tendrán derecho a pedir las indemnizaciones procedentes y la transmisión de la propiedad a favor del Ayuntamiento".
Ante este fallo, los regidores recurrieron la sentencia y, finalmente, en noviembre de 2020, el Tribunal Superior de Justicia ha desestimado la demanda y ha confirmado la sentencia dictada. Así pues, ha ratificado la legalidad del acto administrativo que realizó el consistorio.