VALÈNCIA. (EP). La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha ordenado el ingreso en prisión de la extrabajadora de Orange Market Mónica Magariños, condenada en la primera sentencia firme del caso Gürtel, la relativa a los amaños en los contratos de Fitur, pero ha accedido a la suspensión de la entrada en la cárcel de la trabajadora de la Agència Valenciana de Turisme Ana Grau, mientras el Gobierno tramita su petición de indulto.
La sala se ha pronunciado sobre la petición de ambas condenadas de suspender la ejecución provisional de la entrada en prisión mientras el Gobierno tramita la petición de indulto que han presentado. Este viernes ya ordenó que la tercera persona que lo había solicitado, la exadministradora de las empresas de Francisco Correa, Isabel Jordán, entrara en la cárcel, ya que, además, en su caso, había resultado condenada en la causa por las actividades de los primeros años de la trama.
Magariños fue condenada a tres años de prisión por asociación ilícita, prevaricación y malversación en el caso Fitur, y la sala ha rechazado dejar en suspenso su encarcelamiento porque se enfrenta a otros ocho años de cárcel en otra pieza del caso Gürtel que tramita otro tribunal. La sala, además, no cree que en este caso "sea apreciable mérito alguno que justifique" esa suspensión.
La exempleada de Orange Market había formulado dos peticiones a la sala: la suspensión de la pena en aplicación de la posibilidad contemplada en el Código Penal de dejar en suspenso las penas privativas de libertad inferiores a dos años cuando no se tengan antecedentes penales, se haya satisfecho la responsabilidad civil y cuando las penas individuales no superen los dos años y la suspensión mientras se tramita el indulto.
Sin embargo, en su resolución, la sala rechaza que aunque haya dicho que es una persona con plena integración social, familiar y laboral y plenamente integrada en la sociedad, "antes de cometer el delito, ya poseía idéntico nivel de integración, por lo que no podremos admitir que por este motivo la pena ya carece de sentido para ella".
Y añade que quedan pendientes de enjuiciamiento otras piezas, en una de las cuales está acusada, y subraya que este es un caso que, por el grado de preparación y organización que supone, "es decir, por su propia complejidad y por el afán de crear una estructura más o menos estable para delinquir, hace que no sea apreciable mérito alguno que justifique su concesión". Y no ha hecho intento alguno de reparar o reducir el daño causado.
Sobre el indulto, se lo deniegan por "una serie de circunstancias particulares", entre ellas, que no ve "méritos que hagan a la peticionaria merecedora de ninguna medida extraordinaria de esta naturaleza", pese que las penas privativas de libertad se encuentran justo en el límite que contempla la ley. Y recuerda que el gobierno se ha manifestado en contra a conceder indulto alguno por hechos de esta naturaleza.
Sin embargo, sí que ha accedido a suspender el ingreso en prisión de Ana Grau, trabajadora de la Agència Valenciana de Turisme, hasta que el Gobierno resuelva su petición de indulto. Grau, que fue coordinadora de Ferias, está condenada a tres años de cárcel por falsedad documental y a cuatro años de inhabilitación por prevaricación administrativa.
En este caso, la sala valora que la pena de prisión impuesta se ajusta al límite orientativo de tres años que se fija en la práctica ordinaria de los tribunales y señala que esa suspensión no afecta a los restantes pronunciamientos de la sentencia, que contemplaba también inhabilitación.
Los condenados por el caso Fitur que se encontraban en libertad fueron citados por el TSJCV para entrar en prisión el pasado 24 de mayo, lo que formalizaron todos ellos a excepción de Jordán, Magariños y Grau, dado que habían pedido el indulto. La sala suspendió la entrada en prisión de ellas tres para ese día, a expensas del informe del fiscal, y se pronunciaría con posterioridad.
Sin embargo, el mismo viernes denegó la suspensión a Jordán, condenada también a 14 años y 10 meses de cárcel por malversación continuada con prevaricación, cohecho continuado, fraude falsedad continuada, malversación de caudales, tráfico de influencias y continuado de falsedad en documento mercantil. Y ahora lo ha denegado para la otra trabajadora del grupo.