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da cinco días al ayuntamiento para presentar alegaciones

Un juez suspende la moción de censura en Loriguilla y cita a los cinco concejales firmantes

El Juzgado quiere escuchar a todas las partes antes de adoptar una decisión definitiva sobre si permite o no el pleno para votar esta medida

4/06/2022 - 

VALÈNCIA. "Se ha suspendido con carácter de urgencia el pleno del próximo día 7 de los corrientes". Esa directriz la ha transmitido el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 de València al Ayuntamiento de Loriguilla tras presentar recurso contra la moción de censura que se iba a debatir en el pleno de ese día 7 de junio, y pedir medidas cautelares, la concejal de Ciudadanos en esta localidad Aurora Besteiro Sebastián.

El citado juzgado ha remitido este viernes auto al consistorio de esa población de la comarca de Camp de Túria para que "en el plazo improrrogable de cinco días ese Ayuntamiento alegue lo que estime conveniente sobre la medida cautelar solicitada por la parte actora (la concejal de Ciudadanos)".

Además, emplaza también en ese mismo término de cinco días a los otros tantos concejales firmantes de la moción de censura: los socialistas Carlos Rodado y Manuel Cervera y los concejales del PP Montse Cervera, Isabel Aliaga y Santiago Rubio "para ser oídos sobre dicha medida cautelar", según establece el auto remitido al Ayuntamiento y al que ha tenido acceso Valencia Plaza.

El equipo de gobierno actual, compuesto por cuatro concejales de Ciudadanos, incluido el alcalde, Sergio Alfaro, presentó el recurso contencioso contra la moción de censura a finales de la pasada semana, con la petición de medidas cautelares para evitar que la sentencia se produjera una vez desarrollado el pleno de debate de la citada moción.

El quid de la cuestión consiste en si concejales que forman parte del grupo de no adscritos pueden suscribir una moción de censura y, posteriormente, ocupar cargos de gobierno. Teóricamente, según la ley antitransfuguismo, un edil que se ha marchado de un partido a ese amplio grupo que es el de no adscritos no puede mejorar su situación. En el caso de que prosperara la citada moción de censura sí que se podría producir esa mejora con la asunción de responsabilidades e incluso, si así lo decidiera el nuevo equipo de gobierno, con la asignación de una remuneración.

La moción de censura fue rubricada el martes 24 de mayo por dos ediles del PSPV y tres del PP, que propusieron al socialista Carlos Eusebio Rodado como nuevo alcalde en sustitución del actual máximo munícipe. La dirección provincial del Partido Popular, que dirige Vicent Mompó, desautorizó la medida desde el principio. De hecho, ya había prohibido a sus ediles que la firmaran antes de que lo hicieran, en las conversaciones previas. Tanto los munícipes del PP como los del PSPV en Loriguilla anunciaron su renuncia a su militancia en ambos partidos, con lo que teóricamente ya no pertenecen a sus grupos municipales.

El PP provincial, además de insistir en que se sustentaba la citada moción en motivos personales (los dos ediles del PSPV habían sido destituidos de sus delegaciones de gobierno por el alcalde diez días antes de rubricar la moción) y no en cuestiones políticas o de gestión, ponía en duda que tuviera validez legal, como ahora también cuestiona el Juzgado de lo Contencioso número 8.

Con esta suspensión cautelar el desarrollo del pleno de la moción, y el mismo hecho de que esta pueda llevarse a cabo, queda en entredicho a la espera de que el tribunal escuche las alegaciones del Ayuntamiento de Loriguilla y de los cinco concejales firmantes. A partir de ahí dictaminará.

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