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además de hacer horas extras en el recorte

El TSJCV tumba el ERTE de una proveedora de Ford por contratar nuevos trabajadores 

17/10/2017 - 

VALÈNCIA. (EP). La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha tumbado el Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) de una compañía proveedora de Ford por contratar nuevos trabajadores y realizar horas extras durante el periodo de aplicación del recorte.

Así consta en la sentencia, facilitada por CGT País Valencià, en la que el tribunal valenciano estima el recurso interpuesto por el comité de empresa de Outsourcing For The Automotive Industry 2007 S.L. contra la sentencia de un juzgado Social que daba la razón a la compañía. El TSJCV, en la nueva resolución, declara no ajustada a derecho la reducción de dos horas de la jornada laboral impuesta por la empresa a 195 empleados entre octubre y diciembre de 2016.

La empresa demandada se dedica a la fabricación, comercialización y distribución de piezas o elementos de plástico, metálicos y textiles para el automóvil, y tiene como único cliente a Ford-España. En septiembre de 2016, propuso un ajuste en las jornadas de trabajo ante el descenso de producción de Ford.

Tras negociaciones, dejó de programar entre el 29 de agosto y el 22 de diciembre dos horas diarias de producción. De esta manera, la dirección de Outsourcing, según argumentó ante el Comité de Empresa integrado por siete delegados de CGT y dos de UGT, decidió, "siguiendo la planificación de Ford", aplicar un ERTE que afectó a 195 trabajadores de una plantilla total de 235 empleados.

Tras el preceptivo período de consultas, la representación legal de los trabajadores rechazó la medida, con lo que Outsourcing acabó aplicando el mismo recorte que su cliente.

Sin embargo, sólo en el período comprendido entre los días 10 de octubre y 22 de diciembre de 2016, en la empresa se realizaron 3.223,75 horas extraordinarias. Y además, en tiempo coincidente con la medida de recorte, 18 trabajadores de Empresa de Trabajo Temporal prestaron servicio en la proveedora. Asimismo, la dirección se cuidó de que ninguno de los trabajadores de plantilla efectuara prolongación de jornada.

Tal y como consta en el texto de la sentencia, los hechos suponen que Outsourcing infringió el Estatuto de los Trabajadores, en particular el artículo 47.2, "al prohibir este último precepto la realización de horas extraordinarias, salvo fuerza mayor, durante el período de reducción de jornada".

Respecto a la contratación de 18 empleados mediante ETT coincidiendo con el período de reducción de jornada, se suma que la empresa contrató por obra y servicio a dos trabajadores cuya labor consistía "en atender la acumulación de tareas" de dos departamentos --picking y entregas--.

Estas circunstancias "contradicen la medida adoptada por la empresa de reducir dos horas diarias la jornada de trabajo de uno de uno de los turnos", según la sentencia.

La CGT-PV se felicita del veredicto del TSJCV y señala el hecho de que supone una "clara limitación a la impunidad" con que determinadas empresas aplican recortes laborales "que contravienen los derechos de la clase obrera".

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