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El TSJM mantiene la suspensión cautelar del permiso al Puerto de Valencia para decidir sobre la DIA

30/01/2023 - 

VALÈNCIA (EP). El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso de reposición interpuesto por la Abogacía del Estado y ha decidido mantener la suspensión cautelar, a petición de la Comissió Ciutat-Port, de la resolución del Ministerio de Transición Ecológica (Miteco) del 30 de marzo de 2021, que posibilitaba que la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) pudiera decidir por sí sola acerca de la necesidad o no de una nueva declaración de impacto ambiental (DIA) para la ampliación norte del Puerto de València.

En consecuencia se mantiene la resolución judicial del mismo tribunal que estimaba la petición de la Comissió Ciutat-Port y ordenaba la suspensión de la resolución de marzo de 2021 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, dependiente del Miteco, según ha informado la plataforma ciudadana en un comunicado.

La Comissió subraya que el mantenimiento de la suspensión cautelar "priva a la APV de la posibilidad de decidir por sí misma acerca de la necesidad o no de evaluación ambiental sobre una macroampliación" que, según la plataforma, "de realizarse, pondría en peligro el futuro ambiental y la calidad de vida del área metropolitana y la existencia misma del lago de la Albufera".

De acuerdo con la entidad, en la actual situación de suspensión cautelar de la posibilidad de decisión de la APV sobre la evaluación ambiental, la autoridad portuaria "no podría elevar al Consejo de Ministros la solicitud de autorización para la contratación de las obras del proyecto precipitadamente aprobado por su consejo de administración el pasado 2 de diciembre, sino que tiene que volver a la casilla de salida si no quiere incurrir en graves responsabilidades por infracción de la legislación ambiental".

La Comissió Ciutat-Port "viene cuestionando la legalidad del comportamiento abstencionista tanto del organismo estatal Puertos del Estado, dependiente del Ministerio de Fomento, como del Miteco al eludir ambos sus responsabilidades evitando pronunciarse sobre la cuestión clave de los perversos impactos en el medio ambiente y la salud que podría ocasionar la macroampliación que promueve la Autoridad Portuaria de Valencia", ha señalado.

En este sentido, recuerda que cuando el Miteco, en marzo de 2021, dictó esa resolución para "convertir a la APV en juez y parte" en la evaluación de impactos ambientales de la ampliación, 14 años después de la primera DIA de 2007, la plataforma ciudadana ya recurrió en vía administrativa ante el propio Ministerio "sin obtener respuesta", por lo que acudieron a los tribunales ante un documento que consideran que es nulo "de pleno derecho" y dictado "en fraude de ley".

Es en ese procedimiento judicial, iniciado ante la Audiencia Nacional pero derivado finalmente a la Sala de lo contencioso-administrativo del TSJM, "donde se ha ratificado ahora la primera decisión judicial favorable a los argumentos de la plataforma ciudadana", ha valorado la Comissió Ciutat-Port.

A su juicio, el Miteco y Puertos del Estado "deberán ahora abandonar su política abstencionista y asumir sus obligaciones ambientales en lugar de derivar las responsabilidades en la APV" y deberán decidir "con una motivación adecuada si las modificaciones constructivas introducidas respecto de la propuesta inicial (...) deben someterse o no a nueva evaluación ambiental".

La plataforma ciudadana ha destacado que, "aunque se trata de una medida cautelar que no prejuzga la sentencia final sobre el fondo del asunto", el TSJ de Madrid en su resolución, ahora confirmada, avanza que "valorados los diversos intereses en conflicto, la apariencia de buen derecho de la pretensión y la necesidad de asegurar la efectividad de una eventual sentencia estimatoria", concurren las circunstancias para la suspensión cautelar "habida cuenta de un fumus de inexistencia del procedimiento debido para llevar a cabo la modificación en la DIA" de la ampliación.

Ahora, señala la Comissió, el tribunal ha confirmado "la presunción de buen derecho y la existencia de peligro para la eficacia de la futura sentencia si esta es favorable y la resolución recurrida ya se ha ejecutado antes de dictarse dicha sentencia".

"Confianza" en la decisión final

Unas consideraciones del tribunal que los portavoces de la Comissió Ciutat-Port interpretan como "un nítido respaldo a sus argumentos" y les lleva a mantener "una razonable confianza en una decisión final que obligue a reconsiderar la macroampliación del Puerto de Valencia por sus efectos perversos sobre el medio ambiente, la calidad de vida y la salud de la población del área metropolitana".

"Creemos que el Puerto de València no necesita apostar por crecimientos arriesgados en tiempos de emergencia climática e incertidumbre económica, sino que puede optar por optimizar su gestión, racionalizando el uso del espacio actual infrautilizado y mejorando sus procesos de trabajo, implicando a las personas y empresas que trabajan en el mismo. Ello en lugar de forzar las leyes y gastar dinero público para favorecer a un único operador privado", afirma la Comissió Ciutat-Port.

Además, incide en que "la macroampliación del Puerto de Valencia es cuestionada por casi doscientos colectivos ciudadanos, organizaciones de estibadores y numerosos informes técnicos y jurídicos emitidos por diversos expertos".

La Comissió Ciutat-Port ha reiterado "su llamada al sentido común" a los responsables políticos y, en particular, al presidente de la Generalitat, Ximo Puig, para que "se alinee con los intereses generales y abandone megaproyectos depredadores del territorio y la calidad de vida de la ciudadanía, impropios de un gobierno de progreso".

Por su parte, desde la APV han señalado que desconocen el detalle de la resolución judicial, por lo que han evitado pronunciarse respecto a la decisión del TSJM.

El presidente de la Autoridad Portuaria, Aurelio Martínez, afirmó tras conocer la suspensión cautelar el pasado mes de diciembre que el proceso para autorizar el proyecto de ampliación no quedaba paralizado, que el tribunal solo incidía en quién era el órgano sustantivo y que, en cualquier caso, "la decisión será la misma" sobre si cabe realizar una DIA porque Puertos del Estado "piensa exactamente igual" que la APV sobre la evaluación ambiental.

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