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El TUE dice que Junqueras debió ser reconocido como eurodiputado y tener inmunidad

19/12/2019 - 

VALÈNCIA (EP). El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictado este jueves que el exvicepresidente de la Generalitat y líder de ERC, Oriol Junqueras, debió ser reconocido como eurodiputado desde la proclamación oficial de los resultados de las elecciones al Parlamento europeo del pasado mes de mayo y gozar "desde ese mismo momento" de inmunidad.

En su sentencia, la Justicia europea dice que una persona que ha sido oficialmente proclamada electa por el Parlamento europeo cuando se encontraba en prisión provisional por delitos graves debe ser reconocido como eurodiputado aunque no haya sido autorizada a cumplir los requisitos previstos por el derecho interno, ni a desplazarse a la Eurocámara para participar en su primera sesión.

La condición de eurodiputado, añade el fallo, implica desde ese mismo momento que la persona goza de una inmunidad que implica el levantamiento de la medida de prisión provisional impuesta, con el objetivo de que "se permita al eurodiputado desplazarse al Parlamento europeo y cumplir ahí las formalidades requeridas".

Si el tribunal nacional competente estima, no obstante, que debe mantenerse la medida de prisión provisional tras la adquisición por el interesado de la condición de miembro del Parlamento europeo ha de solicitar "a la mayor brevedad" a la Eurocámara que suspenda dicha inmunidad.

En manos del Tribunal Supremo

La Gran Sala de Luxemburgo, con todo, deja en manos del Tribunal Supremo español "apreciar los efectos aparejados a las inmunidades de que goza" Junqueras por el artículo 9 del protocolo 7 sobre privilegios e inmunidades de la UE, de acuerdo al derecho europeo.

El fallo responde a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo a petición de los abogados de Junqueras, que pidieron esta consulta en un recurso de súplica contra la decisión del alto tribunal de no darle permiso para ir a acatar la Constitución ante la Junta Electoral Central y así acceder a la condición plena de eurodiputado.

La sentencia dictada por la Gran Sala del Tribunal, compuesta por quince jueces que no emiten votos particulares, entre ellos la española Rosario Silva de Lapuerta, ha sido leída por el presidente de la corte europea, el belga Koen Lenaerts.

Consecuencias para Puigdemont y Comín

Los servicios jurídicos del Parlamento europeo estudian ahora la sentencia de Luxemburgo para analizar qué consecuencias tiene el fallo, que podría también abrir la puerta a que el expresidente de Cataluña Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín accedan también al escaño de eurodiputados.

El fallo sobre Junqueras no se refiere expresamente a la situación de los dos políticos independentistas huidos en Bélgica pero sí defiende que un eurodiputado debe ser reconocido como tal desde el momento en que se proclaman oficialmente los resultados, en el caso de España en la lista del 13 de junio de 2019 en la que además del líder de ERC figuraban también Puigdemont y Comín.

El TUE, además, tiene pendiente de resolución un recurso presentado por Puigdemont y Comín contra el Parlamento europeo por impedirles tomar posesión de su escaño y otro contra la decisión del Tribunal con sede en Luxemburgo de no aceptar medidas cautelares para que pudieran recoger el acta de manera provisional hasta que se resolviera el asunto de fondo.

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