ALICANTE. El juzgado de Instrucción 7 de Alicante ha dictado el auto de conversión en procedimiento abreviado de la querella que el Colegio de Médicos de Alicante (COMA) presentó en 2018 contra su exgerente por desviar 760.000 euros de la póliza de seguros de la institución. Se trata del paso previo a la apertura del juicio oral. Además del exgerente, un testaferro y la sociedad pantalla que presuntamente usaron para el desvío, el juez procesa a otras tres personas y una nueva sociedad, fruto de las averiguaciones realizadas durante la fase de Instrucción.
Así lo han anunciado este jueves el presidente del COMA, Hermann Schwarz, y el abogado de la institución, Guillermo Llago, quienes se han felicitado por la decisión del juez y han avanzado que, además de la responsabilidad civil (la devolución de los 760.000 euros distraídos supuestamente entre 2014 y 2018), pedirán penas de prisión para los acusados que oscilarían entre los 6 y los 12 años.
La instructora ha concluido la investigación y ha dictado auto de incoación de procedimiento abreviado contra el exgerente de la institución colegial, Jose Manuel C.R. y su esposa, Fátima O.P., contra el representante legal de la empresa Trustrisk Ibérica Agencia de Suscripción S. L., Óscar Armando C.Q., y esta mercantil, contra un exempleado del Colegio, Sebastian Faustino A.B. y su esposa, Asunción M. CH, y la sociedad de ambos. La instructora considera que los hechos investigados podrían ser constitutivos de un delito de estafa. La resolución establece un plazo de diez días para que la Fiscalía y, en su caso, las acusaciones particulares formulen escrito de acusación y pidan la apertura de juicio oral.
Acompañado en rueda de prensa por el presidente del Colegio de Médicos de Alicante, Hermann Schwarz, Llago ha expuesto que esos envíos se realizaban a una empresa, AM Trust Ibérica, por lo que también se querellaron contra esta sociedad y ante su representante legal.
Según el relato del Coma, el testaferro habría enviado en al menos dos ocasiones transferencias por valor de 100.000 euros a una tercera empresa, Oys, cuya representante era una mujer, esposa de un extrabajador de la empresa, que habría mandado asimismo cantidades de en torno a 90.000 euros a la mujer del exgerente del Colegio Médico, que era quien autorizaba el desvío de fondos de la institución en primera instancia.
El director de la causa judicial ha subrayado que en los dos últimos años, en 2017 y 2018, estos pagos se habrían realizado vía transferencia, "pero no sabemos de qué manera se procedieron, si se procedieron, del 2014 al 2016", ha resaltado el abogado, que cree posible que se hicieran en efectivo.
Llago ha subrayado que en su escrito se presentarán penas de entre 6 y 12 años de prisión para todos los participantes de la presunta trama y que incluirán un agravante por grupo delictivo.
Del mismo modo, han sostenido que el objetivo, además de la petición de prisión para los individuos, es la recuperación de los 760.000 euros que presuntamente se habrían desviado entre 2014 y 2018.
Ha concluido que "la deontología ha faltado absolutamente en el proceso" y que ha habido que "ir siguiendo el camino del dinero" para concluir estos pasos durante tres años de manera previa a que se pudiera enjuiciar a las personas. Schwarz, por su parte, se ha mostrado "satisfecho" por la manera de actuar de la nueva junta, pero ha lamentado "confirmar las irregularidades".
Según el auto dictado este pasado 26 de abril, “desde hace tiempo (pero centrando los hechos desde el año 2014) (…), determinadas cantidades de dinero han salido indebidamente del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Alicante, o determinadas cantidades que podía haber percibido o no pagado han tenido un destino distinto, lo que se ha traducido en una disminución del patrimonio de las entidades y por tanto de sus colegiados/personal”.
El auto recoge que el exgerente -“(…) aprovechando la confianza existente, la inexistencia de control o supervisión por cuanto todo el mundo delegaba en él la gestión (…)” del COMA y de SEMECO (empresa de seguros del Colegio)-, contactó con el administrador de la empresa Trustrisk e “impulsaron” la participación de esta mercantil para “suplantar” a SEMECO. Como consecuencia, “(…) la comisión por mediación, así como la participación en los beneficios dejaron de pasar a COMA y a SEMECO respectivamente (…)”, cantidad económica que ingresaba Trustrisk y que representaba el 32% del total. El dinero restante después de descontar estas comisiones y beneficios lo transfería a SEGURCAIXA.
Posteriormente, la instructora ha acreditado que el administrador de esta mercantil, “(…) desde su cuenta, hizo transferencias a entidades o personas relacionadas (…)” con el exgerente y con el COMA, “(…) sin causa que justificara el montante de las transferencias”. Algunas de ellas -añade- fueron de 44.731,48 euros 2017 y de 46.351,48 euros en 2018 y se realizó a una empresa propiedad de un exempleado del COMA y su esposa. A su vez, esta última mercantil también realizó transferencias a la esposa del exgerente por cantidades de 30.000 o de 7.170,50 euros en abril de 2017. “En ningún caso consta justificada relación jurídica que motivara o justificara la realización de tales transferencias y por tal importe”, afirma la magistrada.