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el fallo levanta la medida cautelar que se dictó en un primer momento de paralizar el reparto

El juzgado desestima el recurso que impedía el reparto de 32 libros LGTBI en colegios de Castelló

30/05/2022 - 

CASTELLÓ (EFE). El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Castellón ha desestimado el recurso interpuesto por la Asociación Abogados Cristianos contra la entrega de 32 libros de temática LGTBI en institutos de la ciudad de Castelló y ratifica así la legalidad de su reparto.

Con esta decisión, en la que se condena en costas a Abogados Cristianos, se levanta la medida cautelar que se dictó en un primer momento tras la petición de la asociación, que, tras paralizar de manera temporal la distribución, ahora se vuelve a autorizar.

La sentencia explica que en el recurso la asociación invoca derechos fundamentales que, a su juicio, se habrían violado con el reparto de estos libros, como la libertad ideológica y religiosa, aunque "la propia parte actora afirma que la neutralidad y objetividad de la actuación administrativa no es un derecho fundamental, por lo que no cabe aquí invocarla".

Además indican que los libros entregados por el Ayuntamiento "no son destinados a lectura obligatoria por parte del alumnado"; sino "destinados a que el centro, y en especial, el profesorado, los utilicen según sus conocimientos pedagógicos de acuerdo a la Ley Integral del Derecho a la Identidad y la Expresión de Género de la Comunitat Valenciana".

Según la resolución judicial, la actuación municipal "se ha ceñido a donar unos libros a los centros educativos públicos donde se imparte Eso y Bachillerato, siendo ajeno al uso que se realice de los mismos, que dependerá del centro".

En ese papel del consistorio, señala la sentencia, radica "el quid" de la cuestión, ya que la Asociación "hace afirmaciones y suposiciones carentes de fundamento, en el sentido que los libros se han puesto a disposición de niños de muy corta edad, pero esta consecuencia no se evidencia en modo alguno".

Derechos fundamentales de libertad ideológica

Por tanto, añade la sentencia, "no se evidencia lesión alguna de los derechos fundamentales de libertad ideológica y religiosa, o del derecho a una educación de los hijos conforme a las propias convicciones, que fuera imputable al acto administrativo recurrido".

Además, la compra "fue precedida del correspondiente informe técnico del Bibliotecario Municipal y de la emisión del informe de necesidad para su contratación".

Así pues, el Juzgado considera que "no cabe estimar que el acto administrativo impugnado haya determinado lesión alguna de los derechos fundamentales que se invocan" y en consecuencia, "procede la desestimación del recurso".

La Asociación Abogados Cristianos ha anunciado que presentará un recurso de apelación ante el archivo de la causa por considerar que "es intolerable que en centros públicos se faciliten libros a menores que promueven prácticas tan dañinas como el sexo con drogas". 

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