AL OTRO LADO DE LA COLINA / OPINIÓN

EMT y el (des)control público

El escándalo de la EMT ha cogido a esta empresa municipal en plena transformación organizativa, después de que se haya puesto en duda su viabilidad, pero la nueva opción ¿dará estabilidad y continuidad?

2/11/2019 - 

Hemos sido testigos de una estafa realizada, aprovechando los claroscuros que ha traído consigo, ese instrumento de la modernidad (para los que peinamos ya canas) que se llama Internet, y que inventaron los militares norteamericanos. En concreto vamos a tratar la estafa EMT-Hong Kong, o EMT-Gate como se recoge en muchas crónicas radiofónicas, desde una de las perspectivas, la pública.

Porque el delito perpetrado contra esta empresa valenciana no hubiera tenido más recorrido que aparecer en la crónica de sucesos, o incluso en memes, si hubiera sido privada. Pero aquí concurren una serie de elementos que han hecho que la noticia ocupe ya infinidad de páginas y tertulias radiotelevisivas y que prosiga ocupando lineas en las crónicas periodisticas, por mor de sus actores y/o víctimas.

Lo primero a resaltar es el carácter público de la empresa, motivo, como es lógico, de esa gran repercusión mediática. Además se pueden destacar otros elementos que han posicionado esta información delictiva en los primeros lugares de los buscadores del gran hermano digital, como son cuestiones referidas a la dirección, la gestión y el servicio público de la Empresa Municipal de Transporte de Valencia.

Respecto a la dirección de la EMT, está claro que no ayuda a disminuir la polémica el hecho de que esté a su frente, el político local que tiene más polémicas y titulares en su haber, y que además marcará seguramente una época, pues al igual que Rita Barbera dejó su impronta en la ciudad como símbolo de modernidad, la Valencia de Giuseppe Grezzi está suponiendo un cambio en su fisonomía, haciéndola más pedestre y incluso campestre. También y dentro de la gestión de la crisis, el antaño muro o dique de contención del alcalde Joan Ribó, está empezando a suponer un lastre en su gestión pues parece que se antepone el personaje al compromiso con su proyecto político, o incluso hay razones del miedo a quedar en minoría.

En cuanto a su gestión, cada noticia que aparece supera a la anterior en cuanto absurdo y descontrol, como esa en la que un empleado estando de baja siga efectuando pagos, o los datos que ha proporcionado CaixaBank, con la que parece se quiere hacer un pulso, dadas las fechas electorales en las que nos encontramos, y que nada bueno puede traer para los implicados en tamaño desafío o justa. Lo que si parece claro es que si alguien hubiera hecho caso al informe de la Sindicatura de Comptes, máximo órgano autonomico de control externo, de noviembre de 2017, pudiera no haberse producido la estafa, pues respecto al “Cumplimiento de la normativa de contratación.....la opinión de la Sindicatura es desfavorable”, y avisa que “Las facturas de los proveedores deben verificarse con los justificantes de los suministros y servicios debidamente comprobados por personal responsable”, o dentro de las recomendaciones, “f) Para mejorar la gestión del área de tesorería: - Actualizar las fichas de personas autorizadas para la disposición de fondos en las entidades bancarias con los responsables vigentes en cada momento.- Modificar el formato y contenido de las conciliaciones bancarias, que deben mostrar los diferentes tipos de operaciones, la fecha de elaboración y las firmas del preparador y del revisor. - Realizar arqueos periódicos de las cajas fijas”, ya ven que todo cuestiones relacionadas con procesos incluidos en la estafa.

El problema de fondo, y a mayor abundamiento, es cuando la forma societaria de la EMT se pone en duda, y no nos quedemos en la superficie como hace dos años cuando algunos titulares recogieron que el ministro Cristóbal Montoro quería quitarnos la EMT, porque (creo yo) nadie pone en duda el servicio público del transporte municipal, otra cosa es como se presta, dado que además es una exigencia de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases Local, que en su artículo 26.1 d) exige que “en los Municipios con población superior a 50.000 habitantes” debe existir un “transporte colectivo urbano de viajeros”, por lo tanto no se puede eliminar.

Pero claro cuando se crea la moderna administración se hace en base a dos pilares básicos para un Estado Democrático y de Derecho, primero el estricto control de los fondos públicos (base del parlamentarismo), y en segundo lugar la profesionalización y funcionarizacion de los servidores públicos y el ejercicio de la función pública en base a criterios de méritos, como nuestra Constitución recoge en su artículo 23. Posteriormente y para casos muy concretos se creó el Sector público instrumental o administración institucional (empresas publicas y demás organismos), que supone de todas formas una “huida del Derecho Administrativo”, como recogen los informes del Tribunal de Cuentas, por ejemplo el 1003 sobre encomiendas de gestión, y que continuamente se intenta limitar y delimitar claramente por las sucesivas reformas legislativas.

Un ejemplo de lo anterior fue la ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que da una nueva redacción a la disposición adicional novena de la Ley 7/1985, en base a la cual el Ministerio de Hacienda y Función Pública (MHFP) “requirió el 12 de julio de 2016 al alcalde del Ayuntamiento de València que remitiera información sobre la posible disolución de la EMT por aplicación de la disposición antes citada”, y que por su parte la Sindicatura de Comptes también afirma en su informe que existe “una incertidumbre material que puede generar dudas significativas sobre la capacidad de la EMT para continuar como empresa en funcionamiento”.

A lo anterior el alcalde de Valencia “contestó al MHFP señalando que no resulta de aplicación este supuesto a la EMT”.  Lo que resulta curioso, pues si no hay problemas con la naturaleza societaria de la EMT según esa respuesta, ¿por qué en el plan de la EMT presentado en enero de 2017 se plantea el cambio a la condición de medio propio a la EMT, y así “el  Consejo de Administración de la EMT de 28 de marzo de 2017 acordó autorizar al director-gerente para iniciar el procedimiento de declaración de medio propio”?

Y se pueden plantear más dudas, para esa continuidad y viabilidad como medio propio (que no se recoge en el portal de transparencia de la EMT en este momento) cuando, y tras la remisión del artículo 32 de la ley 9/2017 de contratos del Sector Publico a la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, exige en su “artículo 86. Medio propio y servicio técnico”, establece en su apartado 2, como requisitos para poder establecer un medio propio que sea la opción más eficiente o que resulte necesario por razones de seguridad pública o de urgencia, condiciones un poco alejadas de la realidad de la EMT parece ser.

En resumen, la estafa de la EMT es un caso anecdótico, aunque muy grave, y dado como se está gestionando, los precedentes y los egos en juego, puede traer muchas más consecuencias de lo que a priori pudiera haber parecido.