VALÈNCIA (EP). La Fiscalía Provincial de Valencia abrió en 2023 más de un centenar de investigaciones por odio, más de la mitad por racismo o xenofobia, según se desprende de la memoria del ministerio público a la que ha tenido acceso Europa Press.
En total, el pasado año se abrieron 106 diligencias de investigación en la sección de odio y discriminación de la Fiscalía de Valencia, dirigida por la fiscal Susana Gisbert. De ellas, 56 se incoaron por discriminación basada en racismo y xenofobia, lo que invierte la tendencia del año anterior en que bajaron en relación al otro grupo más numeroso, las abiertas por LGTBIFobia, que en 2022 alcanzaron las 35.
En algunos casos, los motivos de las diligencias fueron combinados con discriminación por religión --cuatro, entre los que empieza a despuntar el antisemitismo--, por islamofobia (1) o por antigitanismo (1), que a pesar de su regulación expresa y ser el motivo de mayor discriminación según algunas encuestas, no tiene su reflejo en las diligencias valencianas.
La ideología dio lugar a ocho diligencias frente a ninguna del año anterior, dos se incoaron por razones de discapacidad y una por género. Por otro lado, la fiscal Susana Gisbert destaca en la memoria que llama la atención el hecho de que a pesar de la incorporación en el Código Penal ya hace más de dos años de la aporofobia, no hay ni una sola diligencia por ello.
También destaca en la memoria la existencia de una denuncia por no atender a un usuario en castellano, archivada por no constituir delito. También es constatable el mayor número de estimaciones de recursos de la sección contra sobreseimientos o declaración de delito leve.
Por otro lado, en 2023 se celebraron nueve juicios por este tipo de delitos --entre ellos, uno por asesinato intentado con agravante de odio, otros cinco por delitos del artículo 510.2, por diversos actos de discriminación y humillación acompañados de lesiones o amenazas, todos ellos por razones de homofobia o xenofobia y uno por razón de discapacidad; y dos por daños con la agravante de odio (fundamentalmente, pintadas) con condena por conformidad--.
En la memoria también se recogen algunos de los casos más destacados cuya investigación se abrió con anterioridad pero continuaba en 2023, como el procedimiento por los incidentes ocurridos en la manifestación del 9 d'Octubre de 2017, en que manifestantes y periodistas fueron agredidos por ultraderechistas, que acabó con una condena para 27 de los 28 acusados a menos de dos años de prisión tras reconocer los hechos.
Otra causa que recoge la memoria es la motivada por las declaraciones de un jefe de policía en un acto del partido Vox, donde culpaba a los inmigrantes de la delincuencia; o el procedimiento contra la exdirigente de Vox Cristina Seguí, que ha acabado condenada por un delito de descubrimiento y revelación de secretos y otro contra la integridad moral por la difusión que realizó del video de las menores víctimas de una agresión sexual cometida por cinco adolescentes menores de 17 años en la localidad valenciana de Burjassot.
También se alude a la condena a tres jóvenes aficionados del Valencia CF a penas de ocho meses de prisión por haber proferido insultos racistas en Mestalla al jugador del Real Madrid Vinicius Júnior.
En materia de organización, en la memoria se lamenta la falta de funcionariado específico para la sección de odio y se echa en falta la existencia de programa informático, herramientas de registro o, al menos, la adjudicación de un ítem específico en la aplicación Fortuny que permita acceder con rapidez a los datos de la sección.
Por otro lado, desde esta sección se propone, un año más, fomentar la protección de las víctimas de delitos de odio para potenciar las denuncias y la visibilización, "siendo deseable equiparar su situación a las que tienen las víctimas de violencia de género en cuanto a protección", se indica.
Además, ven "conveniente" incentivar las reuniones sectoriales de las diferentes secciones de odio, especialmente entre las diferentes fiscalías de una misma comunidad autónoma, y fomentar las relaciones entre ellas y la figura del fiscal delegado autonómico.
También se considera "preciso" regular la medida de alejamiento como consecuencia de la comisión de delitos del artículo 510, incluida la prohibición de utilizar la red social donde se cometió el delito y la cancelación de la cuenta, así como legislar que la suspensión de la ejecución de la pena en estos casos venga siempre condicionada, al igual que en violencia de género, a la realización de un curso sobre igualdad y no sea solo facultativo.
Por otra parte, en la memoria se hace una reflexión entre los delitos de odio, menores y redes sociales y se recuerda que la frecuencia de la comisión del delito del artículo 510.1 a través de redes sociales puede afectar a los menores de edad, en cuanto usuarios de las mismas, e influirles negativamente en la formación de criterio propio en materia de igualdad.
Como consecuencia, desde esta sección abogan por reforzar las medidas para prevenirlo. Igualmente, y aunque no han detectado en este año ninguno de estos casos, ven "perfectamente posible" la comisión de un delito de odio a través de las redes sociales por menores de edad, "lo cual hace necesaria, como no puede se de otro modo, las estrechas relaciones entre ambas secciones", se advierte.