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Forex TB suspende la captación de clientes en España tras detectar malas prácticas la CNMV

28/06/2021 - 

MADRID (EP). Forex TB ha comunicado al supervisor de Chipre la suspensión de la captación de nuevos clientes en España, una decisión adoptada después de que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) detectase malas prácticas. La suspensión, en vigor desde el 10 de junio, se extenderá hasta que el supervisor de Chipre (CySEX), país donde radica esta ESI en libre prestación de servicios (LPS), les autorice a reanudar dicha actividad.

La CNMV ha explicado que esta suspensión es fruto de las labores de monitorización de este tipo de entidades que el supervisor realiza y de cuyas conclusiones da traslado a las autoridades competentes para que exijan la cesación o rectificación de las malas prácticas cuando existen motivos claros y demostrables. No es la primera vez que una esi en libre prestación de servicios deja de captar clientes en España: iTrade tomó la misma decisión a mediados de abril tras detectarse deficiencias similares.

La suspensión en ese caso fue de un mes, si bien esta podría ser ampliada con el consentimiento de la compañía y debía ser comunicada el supervisor de Chipre (CySEC). En este sentido, la CNMV publicó en noviembre un comunicado "sobre determinadas malas prácticas en la comercialización transfronteriza de servicios de inversión por parte de entidades radicadas en otros países de la Unión Europea".

El supervisor explica en el documento que se han identificado ciertas prácticas "inadecuadas" que son frecuentes en algunas entidades radicadas en otros países de la Unión Europea (UE), como Chipre, país en el que se localizan tanto Forex TB como iTrade. Entre otras cosas, la CNMV ha señalado que la captación de clientes se realiza en numerosas ocasiones de manera "especialmente agresiva" por parte de personas que carecen de conocimientos y capacidades adecuadas.

También es frecuente que sitios web en castellano de intermediarios de otros países de la UE que comercializan en España contratos por diferencias (CFD) u otros instrumentos complejos incluyan información o referencias a entidades situadas en terceros países no autorizadas a operar en la Unión. Esto da lugar a que los inversores minoristas puedan realizar a través de ellas operaciones al margen de las medidas de intervención de productos adoptadas por la CNMV para aumentar el nivel de protección de los clientes minoristas, según recoge el citado comunicado.

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