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el informe concluye que es inaplicable la figura del indefinido no fijo 

Gaspar da carpetazo al recurso de Intersindical contra el acuerdo para la disolución de Divalterra

9/09/2021 - 

VALÈNCIA. El pleno de la Diputación de Valencia aprobó en un pleno celebrado a finales del pasado julio desestimar el recurso de Intersindical contra el acuerdo que avalaba la asunción por parte de la corporación de los servicios que presta la empresa pública Divalterra cuando se produzca su disolución. La organización presentó un escrito –también lo hizo UGT inicialmente, aunque la resolución sólo se refiere a Intersindical– por el modo en el que se integran los trabajadores.

El apartado que más controversia provocaba del documento es el relativo a la subrogación de los contratos. En él constaba que el personal laboral de Divalterra desempeñará sus tareas en la Diputación y en el Consorcio Provincial de Bomberos como personal laboral indefinido o temporal (según los contratos) en plazas "a extinguir" en el grupo de clasificación profesional correspondiente hasta el final de su vida laboral o su cese por las causas de extinción previstas en el Estatuto de los Trabajadores. También que tendrán la consideración de personal laboral no empleado público y que contarán con las mismas condiciones laborales y retributivas que tenían en la empresa pública. 

El punto polémico venía en lo relacionado con los procesos de selección. El dictamen expresaba que aquellos trabajadores que hubieran accedido a Divalterra de esta manera y de forma equiparable a los empleados públicos podrán continuar su carrera profesional y participar en los concursos de provisión de puestos y demás sistemas de movilidad establecidos legalmente si cumplen los requisitos de la convocatoria.

"Se considerarán procedimientos de selección equiparables a los de los empleados públicos los convocados por la sociedad mercantil de la Diputación de Valencia, con publicidad en un diario oficial, en la página web de la Diputación o en el Portal de empleo de Divalterra, en los que se garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los demás establecidos en el artículo 55 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público", especificaba el dictamen. 

Intersindical lo consideraba ilegal

En su recurso, Intersindical interpretaba que esto es "completamente ilegal" porque "las relaciones laborales en la sucesión de empresa son una subrogación subjetiva y no una novación objetiva, lo que implica la asunción de las relaciones laborales sin posibilidad de transformación para convertirlas en relaciones de distinta naturaleza". 

Explicaban, igualmente, que la subrogación se acordó sin negociar con los sindicatos, que la asunción de la gestión directa de los servicios no estaba correctamente justificada o que el acto administrativo carecía de eficacia y era incongruente. 

Descartados los indefinidos no fijos

En el informe que lo desestima, firmado por el presidente de la Diputación, Toni Gaspar, y el secretario, Vicente Boquera, se insiste que en este caso los trabajadores no pueden integrarse como indefinidos no fijos. Algo que ya habían concretado anteriormente, pero que genera dudas legales entre los expertos, que consideran que esta figura sí podría aplicarse

El documento justifica que se trata de una solución jurisprudencial para los contratados temporales que han sobrepasado ilegalmente el plazo de contrato. Algo que no resulta oportuno en este caso porque no cumpliría con la doctrina del Tribunal de Justicia de Luxemburgo, que declara que se han de respetar no sólo las condiciones de trabajo del contrato, sino también el vínculo contractual que tuvieran antes. "Por tanto, un trabajador fijo de Divalterra será un trabajador fijo de la Diputación o del Consorcio Provincial de Bomberos en plaza 'a extinguir'. No pasará de un contrato indefinido fijo en Divalterra a un indefinido no fijo", expone. 

El informe también niega que la subrogación vaya a producir una novación objetiva de la relación laboral porque los empleados serán "personal laboral subrogado no empleado público en plazas 'a extinguir', con la misma relación laboral que en Divalterra". La promoción interna, añaden, será gestionada de manera autónoma e independiente de la de los empleados públicos, sean estos funcionarios o personal laboral. 

Tras este carpetazo al recurso, Intersindical estudia si iniciar un contencioso en  los tribunales con 

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