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Generalitat y Ayuntamiento no aclaran quién debe multar a Paellas un año después del festival

14/06/2020 - 

VALÈNCIA. Quien fuera a llamar a la puerta de la Generalitat Valenciana para saber si ya ha sancionado al festival Paellas Universitarias por incumplir el año pasado la Ley de Espectáculos, recibiría una respuesta: "No es nuestra competencia, llame a la otra puerta". Le mandarían a preguntar a la del Ayuntamiento de València, donde la respuesta sería la misma pero inversa: "En la otra puerta". Un año después de que se celebrara el festival universitario en La Punta, la multa duerme apacible el sueño de los justos dado que ambas administraciones no han esclarecido a día de hoy de quién es la competencia.

La discusión se da porque los hechos constitutivos de sanción se produjeron en el impás en el que se estaban trasladando las competencias entre la administración autonómica y municipal sobre las multas por infracciones de la Ley de Espectáculos. La Generalitat Valenciana anunció un convenio según el cual cedía las competencias de las sanciones graves y muy graves al Ayuntamiento de València. Poco tiempo después, el 12 de abril, tuvo lugar el macrofestival. Pero no fue hasta el 13 de mayo cuando el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publicó el convenio.

Así pues, trece meses ya después de aquellos hechos, ambas administraciones todavía no han dirimido quién debe ejecutar la sanción. La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (Avsre), dependiente de la Generalitat y dirigida por José María Ángel, solicitó un informe a la Abogacía con el propósito de resolver este entuerto, y a este documento se remiten en la administración autonómica para sentenciar que son competencia del Ayuntamiento aquellos procedimientos que estaban en "fase de actuaciones previas" cuando se hizo el traslado de competencias, como es este caso.

Una máxima que niegan desde el Ayuntamiento de València. Fuentes consultadas el pasado año, cercanas a la concejalía de Procedimiento Sancionador, dirigida por Carlos Galiana, explicaban que según este criterio, el consistorio habría de encargarse de muchos expedientes de años atrás. Un proceder que, aseguran con rotundidad, podría conllevar prevaricación. Así, insisten en que es la propia Generalitat la que debe concluir el expediente de Paellas Universitarias que ya inició.

Foto: EVA MÁÑEZ

Así, las mismas fuentes se preguntaban por qué la administración autonómica intenta esquivar la responsabilidad y recordaban que la determinación del Ayuntamiento a la hora de imponer sanciones ha sido firme: ya impuso la multa por incumplimiento de la ordenanza de ruido, que ascendió a apenas 1.200 euros, como publicó Valencia Plaza. Las mismas fuentes consultadas este mes de junio insisten: "Siempre ha estado claro, está clarísimo", dicen, que le toca a la Generalitat Valenciana imponer esta sanción.

Informe de Asesoría municipal

Desde el área de Alcaldía se solicitó un informe a la Asesoría Jurídica municipal con el objetivo de desentrañar la cuestión. Así, el órgano explicaba en el documento al que tuvo acceso Valencia Plaza que en el convenio no se encuentran incluidas las sanciones cuyas actas "sean anteriores a la fecha de publicación del convenio en el DOGV". Es decir, que la imposición de la multa a Paellas Universitarias correspondería según este criterio a la Generalitat Valenciana.

El acta de esta sanción es, en realidad, una entre muchas. La Generalitat, y concretamente la Avsre, pretende trasladar al consistorio multitud de actas en una situación similar a esta, según recoge la Asesoría: "Se desprende que es voluntad de la administración autonómica remitir una cantidad importante de actas, que va más allá de las acaecidas en las fechas más próximas a la firma y publicación del convenio".

José María Ángel, responsable de la Avsre. Foto: EVA MÁÑEZ

El escrito de la Asesoría subraya que aunque "legalmente podría tramitarse" toda infracción registrada antes de la firma del convenio, sería necesario hacer antes una adenda al mencionado acuerdo. Y es que, continúa el órgano, "existen dudas jurídicas razonables que podrían ocasionar, en sede jurisdiccional, la anulación de sanciones impuestas". Una hipotética situación que el Ayuntamiento del 'cap i casal' prefiere evitar.

En ese sentido detallaba que el Ayuntamiento de València dispone de unos medios concretos para tramitar unas 2.000 actas al año, que es lo que previó el acuerdo entre ambas instituciones. Ahora bien, la legislación estatal establece que la delegación de competencias "habrá de mejorar la eficiencia [...], contribuir a eliminar duplicidades administrativas y ser acorde con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera".

Unas consideraciones que, según la Asesoría Jurídica municipal, hacen que la pretensión de la administración autonómica sea "contraria a Derecho" ya que supondría "un desequilibrio económico" y una "alteración de las condiciones legales básicas". Y en esa línea, señala que no puede argumentarse que el Ayuntamiento obtendrá nuevos ingresos con estas multas para sufragar los nuevos gastos, ya que para ello sería necesario un nuevo estudio económico y la reforma del convenio.

En todo caso, insistía, "la administración autonómica dispone de los medios personales y materiales necesarios para la tramitación de estas actas", pues pese a que ya no tramita las infracciones acaecidas en València ciudad, lo sigue haciendo con las que se registran en el resto de municipios de la Comunitat.

Carlos Galiana, concejal de Procedimiento Sancionador. Foto: KIKE TABERNER

Una comisión técnica ineficaz

A finales de 2019, ambos equipos -de la Generalitat y del Ayuntamiento- mantuvieron una reunión para tratar de dar una salida a esta encrucijada jurídica, de donde salió la determinación de abrir una comisión entre las dos administraciones constituida por personal técnico, y que fuera éste el que acabara dirimiendo a quién corresponde la tarea de ejecutar las multas. A día de hoy, sin embargo, no se ha dado luz sobre el asunto y la disputa competencial continúa latente y sin resolver.

Los técnicos que acaben siendo responsables de la sanción deberán estudiar la cuantía de la misma: si se multa a los organizadores por celebrar las Paellas sin autorización, se les aplicaría la sanción de una falta grave, de hasta 300.000 euros de manera acumulable; por contra, si el motivo de la sanción es haber llevado a cabo el festival desoyendo una resolución denegatoria del Ayuntamiento, se consideraría una falta muy grave, con multa de hasta 600.000 euros.

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