Así lo ha explicado el Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, quien ha justificado la prórroga en la necesidad de "dar más tiempo" y ha recordado, además, que la ley ya preveía la posibilidad de ampliar los plazos.
El ministro, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, se ha mostrado convencido de que la prórroga es una "magnífica noticia" que "será aplaudida por los españoles que vuelven a asumir que son de nuevo españoles con todos los parámetros legales establecidos".
La Ley de Memoria Democrática establece en su Disposición Adicional Octava que los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española, podrán optar a la nacionalidad española, a los efectos del artículo 20 del Código Civil.
Igualmente, podrán adquirir la nacionalidad española los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978 y los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.