VALÈNCIA. La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública creará una "unidad de especialistas" para facilitar la vía de acceso rápido a los pacientes con sospecha oncológica acreditada que acudan directamente al Instituto Valenciano de Oncología (IVO). Esta unidad gestionará la propuesta de derivación de esos pacientes, que remitirá la propia Fundación, y deberá responder antes de 72 horas si ese enfermo se queda en el IVO o es atendido en un hospital público. Caso de que no se cumplan estos plazos se entenderá concedida.
Esta es una de las novedades de la Instrucción que el director general de Asistencia Sanitaria, Rafael Sotoca, debe firmar para facilitar la derivación de pacientes a la Fundación IVO, tal como acordaron el pasado domingo en el Palau de la Generalitat representantes de la institución privada y de la Generalitat. El acuerdo fue clave para desbloquear el conflicto entre el IVO y la Conselleria de Sanidad por la negativa de la Fundación a firmar el contrato.
El documento aún no ha sido remitido firmada al IVO, según fuentes de la institución que preside Antonio Llombart, a pesar de lo cual firmará el contrato, ya que el propio presidente de la Generalitat, Ximo Puig, empeñó su palabra tras mediar en el conflicto.
La Instrucción, a cuyo borrador ha tenido acceso Valencia Plaza, tiene dos partes. Además de la creación de la unidad de especialistas, en la Instrucción se insta a los departamentos de salud a adoptar las medidas necesarias para garantizar que las propuestas de remisión de pacientes a la Fundación IVO, sean contestadas antes de 48 horas desde su solicitud por parte de cualquiera de los facultativos implicados en el proceso oncológico incluyendo los especialistas en medicina familiar y comunitaria".
La pasada semana, en pleno conflicto, la consellera Carmen Montón afirmó que las reglas no se podían cambiar porque sería ilegal. Sin embargo, las normas de la Instrucción a los departamentos de salud suponen un cambio sustancial respecto a las condiciones fijadas en la convocatoria pública de acción concertada a la que se presentó la Fundación IVO en solitario.
En las condiciones técnicas y administrativas que han de regir el acuerdo de acción concertada se establecía, en el apartado 5, que "el acceso de los pacientes a las prestaciones asistenciales oncológicas objeto del presente acuerdo requerirá siempre de la remisión previa, debidamente documentada, desde los departamentos de salud de la Conselleria".
Y añadía que "la documentación incluirá una derivación expresa, previa prescripción por los facultativos especialistas relacionados con la atención oncológica de los departamentos de salud, validada por la dirección del departamento correspondiente".
Con la nueva Instrucción, el acceso ya no requiere la "remisión previa", puesto que los pacientes pueden ir directamente al IVO y, posteriormente, se tramita la derivación expresa.
Además, la frase: "los facultativos especialistas relacionados con la atención oncológica", que son los que deben prescribir la derivación expresa, se matiza así en la Instrucción: "por parte de cualquiera de los facultativos implicados en el proceso oncológico incluyendo los especialistas en medicina familiar y comunitaria". Es decir, se incluye a los médicos de familia.
Tanto el acceso directo al IVO como la derivación por parte del médico de familia eran dos exigencias de la Fundación que dirige Manuel Llombart, que temía perder buena parte de la llegada de pacientes nuevos -unos 5.000 al año- si antes tenían que ir a su médico especialista en oncología para que este los derivase al centro concertado.