VALÈNCIA. El Muy Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos de Valencia (MICOF) muestra su satisfacción por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que desestima los dos recursos interpuestos por el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España contra el Decreto 188/2018, de 19 de octubre, del Consell, por el que se regula la concertación de los servicios profesionales farmacéuticos asistenciales y la acreditación de las oficinas de farmacia para su prestación, publicado en el DOGV, el 31 de octubre de 2018.
En este sentido, Jaime Giner, presidente del MICOF, ha afirmado que: “esta sentencia reconoce el carácter asistencial de la prestación farmacéutica en las oficinas de farmacias y la potestad de la Generalitat para desarrollar programas de promoción de la salud en el que pueden colaborar las farmacias” y ha añadido que “esperamos que tras esta sentencia se ponga en marcha el Decreto y la Administración concierte con los colegios la puesta en marcha de los servicios profesionales farmacéuticos asistenciales que redundarán en mejores resultados de salud para los valencianos y llevarán aparejado un ahorro económico para la Administración”.
Respecto a las competencias profesionales del colectivo de enfermería, Giner ha indicado en que “la sentencia del TSJ es muy clara y en ella no se excluye en ningún momento al personal de enfermería de las funciones que realizan de forma habitual”.
Al hilo de las competencias que les corresponden a cada colectivo sanitario, el presidente de los farmacéuticos valencianos ha hecho hincapié en la importancia de trabajar de forma coordinada entre los diferentes profesionales sanitarios (farmacéuticos, médicos y enfermeros) para ofrecer al paciente una atención integral e integrada que contribuya al bienestar de la población “porque el farmacéutico es el primer profesional sanitario al que acude al ciudadano cuando necesita asistencia sanitaria”. Asimismo, y para que esto sea posible, es necesario que el farmacéutico sea reconocido por la Administración como un profesional sanitario clave en la estructura sanitaria española que puede ayudar a descongestionar el sistema valenciano de salud en una situación de pandemia como la actual.
El Decreto 188/2018, de 19 de octubre, del Consell, por el que se regula la concertación de los servicios profesionales farmacéuticos asistenciales y la acreditación de las oficinas de farmacia para su prestación fue publicado el 31 de octubre de 2018 en el Diari Oficial de la Generalitat Valencina.
Esta disposición tiene como objetivo regular los servicios profesionales farmacéuticos asistenciales concertados y definir el procedimiento a través del cual la Conselleria acredita que una farmacia comunitaria cumple con los requisitos definidos para prestar un determinado servicio profesional farmacéutico asistencial concertado.
De igual forma, la orden especifica a quién corresponde el diseño de los Servicios Profesionales Farmacéuticos Asistenciales (SPFA), así como su concertación, la acreditación para la prestación de un SPFA concertado, las obligaciones de la Conselleria con respecto a los SPFA concertados, así como las de los Colegios Profesionales y las de los profesionales farmacéuticos.
Por otro lado, el Decreto también recoge que los Colegios Oficiales de Farmacéuticos tienen la obligación de asumir las funciones de organización, facturación y coordinación necesarias para la participación de las farmacias en los SPFA; facilitar los mecanismos de seguimiento y evaluación de los SPFA; garantizar que la difusión del SPFA se ajusta a la información del servicio que preste la farmacia comunitaria; y mantener informados a los profesionales farmacéuticos de cualquier cambio o modificación que se produzca en la aplicación y desarrollo de la concertación del servicio.
El Micof, en colaboración con la Dirección General de Farmacia, recomiendan que la ciudadanía no done medicamentos porque puede ser contraproducente para la salud.