Adopta una solución intermedia tras la reforma de la LEcrim y evita cerrar un asunto que incluye la 'caja B' del PP de Madrid.
VALÈNCIA (EP). El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha dictado un auto por el que deja sin efecto el fin de la instucción de la macrocausa de corrupción denominada 'Púnica' en torno a la actividad del PP en tiempos del Francisco Granados como secretario general del partido en Madrid, que había sido fijada para el próximo jueves, 27 de agosto.
Lo hace en cumplimento de la última reforma del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) que extiende los plazos de investigación de las causas penales.
En un auto al que ha tenido acceso Europa Press el juez añade en todo caso, y "a fin de evitar dilaciones indebidas", que realizará un "estudio pormenorizado de cada una de las piezas en que se divide este procedimiento", que supera la decena, para adopar en su caso la resolución que corresponda.
Es decir, renuncia a dar cerrojazo a la instrucción de la macrocausa en conjunto si bien podría cerrar determinadas piezas que considere ya concluidas, siguiendo con la investigación de otras.
La defensa de algunos acusados, como el empresario David Marjaliza, ya ha anunciado que recurrirá la decisión, mientras que Adade, que ejerce la acusación popular, lo hará si llega a dar por concluida alguna de las piezas, según han señalado sus representaciones legales a Europa Press.
El 'caso Púnica' se abrió en 2014 y la investigación ha llevado a la imputación de decenas de personas y permitido la apertura de más de una docena de piezas, entre ellas la que indaga en la posible existencia de una 'caja B' en el PP madrileño que dirigió Esperanza Aguirre. La expresidenta, que pidió expresamente al juez que concluyera ya la instrucción, continúa imputada en esta pieza.
Distintos investigados en este asunto se posicionaron hace unas semanas en contra de la posibilidad de que el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ampliara la instrucción de la causa más allá del 27 de agosto tras la reforma penal, y la propia Fiscalía Anticorrupción señaló que la reforma legal permitía hacerlo hasta el 29 de julio de 2021, según se señala en el propio auto.
Por su parte, las acusaciones populares ejercidas por PSOE y Adade instaron al titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 a aplicar lo dispuesto en la nueva LECrim, justo un día después de que ésta entrara en vigor, el pasado 28 de julio, y finalmente el juez ha adoptado una posición intermedia.
La decisión del juez García Castellón no es firme, y contra ella cabe recurso de reforma y subsidiario de apelación en el plazo tres días desde la notificación o recurso de apelación directa en el de cinco días, según reza el documento, que tiene fecha de este lunes. En su resolución, de nueve páginas, el juez reproduce la reforma de la LECrim para concluir que este procedimiento "debe reputarse afectado" por la decisión del Congreso de los Diputados
El juez rechaza no obstante la petición realizada por la defensa de uno de los imputados, el sucesor de Granados en la alcaldía de Valdemoro (Madid) José Carlos Boza, quien había solicitado la presentación de una cuestión de inconstitucionalidad al enteder que la reforma de la ley que permite ampliar el tiempo de instrucción limita el derecho fundamental a un proceso con todas las garantías y sin dilaciones indebidas.
A este respecto, el juez central de Instrucción número 6 señala que la propia ley que regula el Tribunal Constitucional establece un momento procesar muy determinado para el planteamiento de esta cuestión una vez concluso el procedimiento, por lo que no se dan los requisitos para ello.
Añade Garcia Castellón que su decision de permitir la tramitacion de la causa más allá del próximo jueves "permite no solo el dictado de distintos tipos de resoluciones, sino que además no impide a las defensas poner de manifiesto la existencia de vulneraciones de derechos fundamentales, puesto que la Ley Procesal penal ya prevé un momento concreto para ello, al iniciar las sesiones del juicio oral", por lo que por su parte no aprecia dicha vulneración. Añade que además, de acudir ahora al tribunal de garantías, se estaría agravando aún más la situación dilatoria denunciada".
Tampoco admite el magistrado os argumentos de las acusaciones populares que ejercen el PSOE y Adade respecto a la prórroga, sin más, de la causa por doce meses, sin ningún tipo de justificación ni razón alguna, lo que califica de "incomprensible".
"Resulta especialmente llamativa que sea una acusación particular quien sostenga esta interpretación de la norma tan rigurosa, pues pretender demorar durante un año la tramitación de la causa en fase sumarial sin motivo ninguno que lo justifique, no solo supondría una flagrante infracción del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del art. 24 CE, sino que en última instancia podría determinar rebajas penológicas en favor de los acusados que se verían beneficiados por la demora, en el supuesto de ser condenados", apunta.
En este punto, recuerda que los autos --el último, de agosto de 2019-- por los cuales se llevo a cabo la distribución actual del procedimiento en varias piezas. "Por tanto, existe una división real y formal de este procedimiento en piiezas distintas, en cada una de las cuales se conocen hechos aparentemente delictivos, y cuya sustentación avanza separadamente, como se pone de manifiesto al constatar que una de ellas ya ha sido juzgada, la pieza 1_la denominada del 'chivatazo', y otras dos se encuentran en fase intermedia", explica el magistrado.
Finalmente, concluye que habiéndose ya valorado por instancia superior ( la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional) que la instrucción de la causa "presenta elementos notorios de agotamiento" y existiendo una división del procedimiento en piezas distintas, que facilitan su tramitación y sustentación de forma separada, lo correcto ahora es proceder a un estudio pormenorizado de cada una de ellas " a fin de agilizar la tramitación de las distintas piezas adoptando la resolución que corresponda respecto de cada una de ellas".