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caso taula

La jueza rechaza un recurso de Rus en el que afirma que se le acusa por "palabrería del 'yonki', punto" 

Foto: EVA MÁÑEZ
26/05/2021 - 

VALÈNCIA. El juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, encargado del caso Taula, ha rechazado el recurso presentado por el expresidente de la Diputación Alfonso Rus contra su procesamiento en una de las piezas de la macrocausa. Concretamente, la relativa al supuesto amaño del contrato del servicio de atención telefónica ('call center') de la corporación provincial en mayo de 2013. La empresa pública Imelsa, dependiente de la Diputación y cuyo gerente era Marcos Benavent, lo adjudicó a Servimun, relacionada con el que fuera suegro de este último, Mariano López

El auto que procesaba a Rus y a siete personas más apuntaba a los presuntos delitos de tráfico de influencias, prevaricación, malversación de caudales públicos, fraude en la contratación pública, falsedad en documento mercantil y blanqueo de capitales. La resolución señalaba como punto de partida de las indagaciones el resultado de la contratación de un servicio "de importancia e interés público y de un importe económico significativo". El cual revelaba, en su opinión, "una inadecuada y errónea adjudicación a una empresa como Servimun que no logró alcanzar niveles aceptables de satisfacción en la prestación de dicho servicio". 

En su declaración ante la Guardia Civil en junio de 2015, según consta en el auto, Benavent aseguró que a través de Imelsa se adjudicó "a dedo" –posteriormente aclaró que de forma "amañada"– el 'call center' a Servimun y que fue su exsuegro quien actuó de intermediario con Rus, para lo que se valieron de un funcionario destinado en la empresa pública (Salvador Deusa), encargado de articular el procedimiento para posibilitar esa adjudicación.

Así, el juez sostenía que pudo existir "un propósito deliberado de adjudicar un contrato para la prestación del servicio no a la mejor oferta, sino a una determinada y decidida de antemano, con conciencia tanto de favorecimiento arbitrario como del riesgo de desviar y malgastar los recursos públicos".

La defensa de Rus presentó un recurso porque, en su opinión, no existe una motivación asentada en la prueba practicada. En lo que al expresidente de la Diputación se refiere, indica que el auto se limita a exponer como posibles razones para favorecer a la empresa Servimun que es natural de Xàtiva y que mantiene relación personal con dos de los otros procesados. También que estableció "por ciencia infusa" los pliegos para optar a la adjudicación del contrato y que "se da valor probatorio a una carta sin fecha ni firma que apareció en el despacho de abogado de Benavent, autoapodado 'yonki del dinero'. 

"La ausencia de concreción en la determinación de los hechos incriminatorios vulnera el derecho fundamental a la defensa y puede en un futuro atentar contra el principio acusatorio y de defensa en cuanto se pudieran concretar conductas que esta parte no ha tenido opción de contradecir en fase instructora", expresa el abogado de Rus. 

Igualmente, remarca en el recurso que éste es "completamente ajeno" a cualquier cuestión relativa a la adjudicación del 'call center' a la empresa Servimun y que existe un informe pericial que concluye que no hubo irregularidades. "Así pues, la supuesta intervención de Alfonso Rus en el presunto hecho ilícito aquí tratado es, simple y llanamente, palabrería del 'yonki', punto", afirma. 

La jueza cree que sí existen indicios suficientes de delito

La jueza sustituta de Instrucción 18, sin embargo, ha desestimado el escrito, destacando resumidamente sus motivos. El primero, la falta de motivación del auto como causa de nulidad del mismo. El segundo, la falta de implicación de Rus en lo relativo a la adjudicación del "call center". Y, el tercero, la existencia de un informe pericial que pone de manifiesto que ésta fue correcta. "Entendiendo, por tanto, que la implicación del recurrente "es simple y llanamente palabrería del 'yonki, punto", remarca en la resolución. 

"En el momento procesal en el que nos encontramos, lo exigible es la existencia de indicios racionales sobre la comisión del hecho y la participación en el mismo. No es el momento de estimar si hay prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia. La prueba de cargo ya se aportará, en su caso, al acto del juicio oral. Ahora debe valorarse en su conjunto la actividad de investigación practicada, con el fin de determinar si hay datos objetivos que apoyen la realidad del hecho y la participación en el mismo y analizar si ese hecho reviste caracteres de delito", argumenta.

La juez indica que la defensa de Rus "tan solo hace un análisis parcial, y concretamente de uno de los documentos aportados, de forma aislada y no puesto en relación con el resto de hechos concurrentes". Por ejemplo, señala, obvia su relación con el exsuegro de Benavent, la existencia de llamadas "que evidencian el conocimiento de los hechos" y la intervención que tuvo Rus. Por ello, sostiene que "existen elementos indiciarios suficientes" para el procesamiento del expresidente de la Diputación de Valencia. 

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