MADRID (EP). La Audiencia Nacional ha rechazado suspender de forma cautelar la venta del Banco Popular al Banco Santander tal y como habían solicitado varios particulares en sus recursos presentados contra la resolución del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) que ejecutó la operación.
Así lo expone la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso en un auto en el que rechaza las peticiones de que se anulase el acuerdo del FROB en tanto éste siguió lo acordado por la Junta Única de Resolución (JUR), organismo europeo del sistema financiero que valoró con anterioridad la dificultad por la que atravesaba la entidad presidida por Emilio Saracho.
Por ello, los jueces exponen que una suspensión cautelar de la resolución adoptada el pasado 7 de junio por la comisión rectora del fondo de rescate consistente en la venta por el precio simbólico de un euro del Popular al Santander, dejaría sin efecto la decisión del órgano europeo y precisan que los perjuicios invocados se deben residenciar en otros tribunales europeos competentes sobre la JUR.
"La paralización pretendida, incluso si se tratara de la misma venta, dejaría sin efecto la decisión de la JUR y mantendría unas circunstancias que los organismos europeos han considerado que hacen inviable la entidad y conllevan un riesgo para el interés público", reza el auto en el que se deniega la solicitud de medidas cautelares.