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La Audiencia seguirá las actuaciones contra el exconcejal de Benidorm por prevaricación con clubes deportivos

18/02/2017 - 

ALICANTE, (EFE). La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante ha acordado la continuación del procedimiento seguido contra el exconcejal socialista de Benidorm Juan Ramón Martínez, quien fue denunciado por una supuesta prevaricación administrativa en el reparto de unas subvenciones a clubs deportivos.

En un auto los magistrados estiman el recurso de apelación interpuesto por la Fundación de la Comunidad Valenciana Benidorm Fútbol Base contra el auto del juzgado de Instrucción de Benidorm que previamente, en abril de 2016, había decidido el sobreseimiento provisional de las actuaciones contra el exconcejal.

Este club deportivo denunciaba el sistema de "adjudicación directa" de las subvenciones, prescindiendo del procedimiento legal de libre concurrencia y ponía de manifiesto que durante los años 2010 y 2011 se utilizó este método "sin que conste causa alguna que justificara este procedimiento".

El club querellante consideraba que el reparto de las subvenciones "se hacía de forma arbitraria y sin constancia de criterios racionales y de igualdad", lo que, a su juicio provocaba "situaciones injustas". También aducía el querellante que el Ayuntamiento no publicó las bases de convocatoria para la concesión de ayudas a las asociaciones deportivas y clubs en aquellos dos años. Por ese motivo, el club interpuso un contencioso administrativo que fue estimado y cuya sentencia declaró la nulidad del procedimiento.

En aquella decisión la sala afirmó desconocer los motivos por los que el Ayuntamiento había optado por conceder las ayudas el deporte "sin bases, sin publicidad y sin concurrencia en lugar de seguir el procedimiento normal, estándar, fijado por el ordenamiento legal aplicable". Insistía además la sala en que "falta de modo palmario" una "justificación explícita" por parte del Ayuntamiento.

El auto de la Audiencia Provincial considera ahora que es necesario conocer las razones que llevaron al entonces concejal de Deportes a actuar de tal manera para poder "valorar con libertad de criterio la ausencia nítida de indicios de criminalidad en la conducta del imputado", algo que "ahora no puede afirmarse".

Para aclarar más su decisión, la Audiencia cree que "indiciariamente concurre" el acto de "resolución arbitraria", que equipara con resolución "objetivamente injusta". De ahí que haya decidido continuar el procedimiento iniciado contra el exconcejal socialista. 

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