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La CNMC impugna normas autonómicas para abrir paso a la economía colaborativa

14/02/2016 - 

VALENCIA. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido ponerse del lado de la economía colaborativa mientras que las autonomías y el Estado reman hacia el lado contrario, acotando la parcela y legislando para poner freno a esta nueva tendencia. 

Por ello, la CNMC ha decido utilizar el mecanismo de la legitimación activa que permite la impugnación de normas como instrumento para eliminar barreras a la competencia que afectan a la entrada y a la capacidad de competir de modelos de negocio asociados a la economía colaborativa.

Este organismo ya lo ha aplicado recientemente en algunas actuaciones relacionadas con el transporte de taxis en Málaga y en Córdoba, el Real Decreto de Transporte Terrestre en el que se basa la Comunitat Valenciana para denegar licencias de VTC o el alojamiento turístico como el Decreto de la Comunidad de Madrid que regula los apartamentos y viviendas de uso turístico.

La legitimación activa permite impugnar ante los tribunales actos de las Administraciones Públicas y disposiciones generales de rango inferior a la ley que sean contrarios a los principios de regulación económica eficiente o impliquen obstáculos a la competencia.

De hecho, en breve la CNMC presentará su estudio sobre economía colaborativa en  la que  propondrá una serie de recomendaciones para que se produzca una revisión del marco regulatorio. La intención es eliminar las barreras de entrada al mercado, impulsar la competencia y obtener el máximo provecho de las posibles ventajas para los consumidores, precios más eficientes, mayor variedad y el fomento a la innovación, entre otros.

Para la CNMC, las fronteras que delimitan la economía colaborativa son aún difusas y no existe una definición comúnmente acordada; pero, en general, la economía colaborativa, en su forma de consumo colaborativo, implica el empleo, entre particulares, e incluso entre empresas, de bienes y servicios que permanecían ociosos o infrautilizados, apoyados por las nuevas tecnologías y, específicamente, por internet.

Este intercambio no implica necesariamente que exista una actividad remunerada. Puede existir un regalo, un trueque e incluso un intercambio monetario, que compense el empleo del bien o servicio a su titular.

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