BRUSELAS. Los residentes británicos en la Comunitat Valenciana siguen el goteo de retorno al Reino Unido, desde que las dificultades implícitas del Brexit se han hecho realidad. Las importantes zonas residenciales de la Costa Blanca, donde los británicos eran mayoría, están mudando en residentes holandeses, belgas y alemanes, en su mayoría. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) viene a sentenciar el duro golpe que supuso en 2020 la salida del Reino Unido de la Unión Europea (UE) y cuyos efectos se maquillaron con la pandemia. El tribunal europeo acaba de desestimar los recursos de unos ciudadanos británicos que impugnaban la pérdida de sus derechos de ciudadanos europeos como consecuencia del Brexit.
Aún así, y con Boris Johnson fuera del Gobierno del Reino Unido, algunos “expats” de las colonias británicas en la Comunitat Valenciana siguen defendiendo un Brexit que ha traído más problemas de los que ellos mismos esperaban. Porque a este lado del Canal de la Mancha, Bruselas tenía muy claro el descalabro que supondría para más de un millón de ciudadanos británicos residentes en la UE, la mayoría en España, Francia, Irlanda, Alemania y los Países Bajos. Sólo en la Comunitat Valenciana se estiman casi 100.000 británicos en cifras de 2020. Junto a Andalucía, con más de 81.000, son los dos territorios con más residentes del Reino Unido en la Europa continental.
No así en las islas británicas, donde el descontento es mayor ante la imposibilidad de viajar o visitar a sus familiares en España, y alargar su estancia más de 90 días, máximo permitido con visado de turista. Allí, un 65% de la población se arrepiente del Brexit. Un propietario de La Marina Alta preguntaba si sería posible trabajar más de 180 días online desde su casa de verano, pese a que ahora es residente en el Reino Unido. En estos momentos sólo se les permite dos estancias de 90 días al año. Los arrepentimientos comienzan a llegar para los que no se empadronaron a tiempo en 2020.
Las razón jurídica que esgrime el TJUe es que “la pérdida del estatuto de ciudadano de la Unión y, consiguientemente, de los derechos asociados a este estatuto es una consecuencia automática de la mera decisión de retirarse de la Unión, adoptada soberanamente por el Reino Unido, y no una consecuencia del Acuerdo de Retirada o de la Decisión del Consejo por la que se aprueba ese Acuerdo”.
En el referéndum británico organizado en 2016, la mayoría de los electores optó por la salida del Reino Unido de la UE. En consecuencia, el Reino Unido notificó al Consejo Europeo su intención de retirarse de la UE. Seguidamente, los representantes del Reino Unido y de la UE firmaron el Acuerdo sobre el Brexit el 24 de enero de 2020. El Consejo de la UE aprobó este acuerdo, en nombre de la UE, mediante Decisión de 30 de enero de 2020. Por último, el Reino Unido se retiró de la UE el 31 de enero de 2020.
En el marco de las reclamaciones ejercitadas ante el Tribunal General por separado, tres grupos de ciudadanos británicos residentes en el Reino Unido y en diferentes Estados miembros -España, Francia, Alemania e Italia-, impugnaron sin éxito el Acuerdo sobre el Brexit y la Decisión del Consejo alegando, entre otras razones, que “tenían por efecto privarles de derechos que habían adquirido y ejercido como ciudadanos de la UE”. El Tribunal General declaró que sus recursos eran inadmisibles.
En las tres sentencias dictadas esta semana, el Tribunal de Justicia desestima los recursos de casación interpuestos por los ciudadanos británicos en cuestión contra la resolución previa del Tribunal General. Y les recuerda que “la decisión de retirada es estrictamente voluntad del Estado miembro en cuestión, dentro del respeto de sus normas constitucionales, y manifestación exclusiva de su soberanía”.
De este modo, para los ciudadanos británicos, la pérdida del estatuto de ciudadano de la Unión y, consiguientemente, de los derechos asociados a este estatuto es una consecuencia automática de la mera decisión adoptada soberanamente por el Reino Unido de retirarse de la Unión, y no una consecuencia del Acuerdo de Retirada o de la Decisión del Consejo.
En un informe jurídico encargado por la Red Expat, “Brexit: gestionando las dificultades prácticas”, se ponen de manifiesto los problemas con que se enfrentan los británicos, que incluso mantienen sus propiedades en Alicante u otros territorios de la UE. Entre las quejas más típicas está la de los británicos con familia o propiedades en España: “Quizá lo que nos está dando más ‘dolor’ de cabeza es el tema de las visas de las familias porque por la cercanía con España -prefieren ir una temporada y volver- no quieren irse a UK todo el tiempo que duran las expatriaciones, y la figura de ‘turismo’ ya no es tan abierta como lo era antes del Brexit”.
Otras dudas se refieren al acceso al sistema español de la Seguridad Social, especialmente en lo que se refiere a la asistencia sanitaria o de permiso de trabajo. Las consultas son numerosas y preocupantes: “Me gustaría saber cómo lleváis otras empresas el tema de la Seguridad Social, pues nosotros estamos teniendo problemas para conseguir los A1, incluso en los casos de personas que estaban desplazadas -con A1 concedido- antes del 31-12-2020 y hemos tenido que prolongar la estancia. De momento la única respuesta por parte de TGSS es que tenían que esperar a ver qué dice UK”. En otros casos, se preguntan si "los trabajadores que sean desplazados a UK con fecha 01- 01-2021 pueden mantener las cotizaciones en España durante un periodo máximo de 24 meses. ¿Existiría la posibilidad de prorrogas? ¿O a partir de dicha fecha el empleado desplazado debería empezar a cotizar en UK?”.
Lo bien cierto es que la Unión Europea ya no va a hacer nada por estos ex ciudadanos europeos que tan alegremente votaron su despedida. Y ni la embajada británica en España o sus Consulados pueden hacer más que el resto de embajadas de terceros países, facilitar visados o solucionar problemas cotidianos de turistas. Atrás quedaron las visitas del embajador a las poblaciones de Alicante advirtiendo de la conveniencia de empadronarse para mantener la residencia permanente y “casi” todos sus derechos como ciudadanos europeos.