VALÈNCIA. La Diputación de Valencia ha aprobado un decreto que cambia por completo las normas para constituir los órganos de selección de personal de las Ofertas Públicas de Empleo (OPE). Unas nuevas reglas para impedir que en los procesos selectivos de la corporación provincial que preside ahora Vicente Mompó puedan producirse incompatibilidades o conflictos de intereses entre quienes integren los tribunales o se puedan, directamente, dar casos de corrupción.
Uno de los principales cambios que incluye la nueva normativa afecta a la presidencia de estos tribunales. Hasta ahora, esta recaía siempre -desde marzo de 2019- en el jefe de servicio de Recursos Humanos de la institución, por lo que todos los procesos selectivos celebrados hasta la fecha en los últimos cinco años fueron dirigidos y supervisados por la misma persona.
Sin embargo, a partir de ahora este puesto será ocupado por un funcionario de carrera A1 y tendrá carácter "rotativo". Es decir, que cada oposición será presidida por una persona diferente y será elegida por sorteo: "El servicio con competencias en materia de personal articulará un procedimiento aleatorio de designación de los miembros de los órganos técnicos de selección", regula el decreto firmado por Mompó el pasado 10 de septiembre.
El redactado que no es baladí. Con él se busca garantizar la imparcialidad, transparencia y legalidad exigida por la ley para los procesos selectivos. Algo que, según los sindicatos, no se ha cumplido ni mucho menos a rajatabla en los años anteriores. De hecho, esta era una de las principales reivindicaciones de Intersindical a lo largo de los últimos años y por ello han dado su apoyo al nuevo reglamento.
Junto al presidente de estos OTS (órganos técnicos de selección), la corporación elegirá un total de 4 vocales, que también serán designados por sorteo. Y tanto estos como el presidente tendrán una incompatibilidad manifiesta: no podrán haber estado dando clases de preparación de oposiciones durante los cinco años previos. "No podrá formar parte de los órganos de selección el personal que hubiere realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria", prohíbe el decreto.
Con ello se pretende conseguir lo mismo: que una persona que haya dado clases en academias de oposiciones, posteriormente no sea quien esté elaborando los temarios, convocando los procesos selectivos, calificando los ejercicios o baremando los méritos -en caso de concurso-oposición- de aspirantes a los que ha dado clase. De lo contrario, deberían estar absteniéndose constantemente o podría ser objeto de impugnaciones continuas.
La normativa anterior, conviene recordar, obligaba a que al menos dos de los cuatro vocales que integrasen los tribunales fueran elegidos por sorteo. Pero esta premisa "nunca se cumplió", según aseveran las organizaciones sindicales. De hecho, Intersindical denunció en diferentes ocasiones que los OTS de distintos procesos estaban integrados por las mismas personas: "Eran tan idénticos unos a otros que a veces se hacía difícil dilucidar qué proceso se estaba valorando", criticaron recientemente en un comunicado.
El texto, además, permite a los miembros que se elijan para formar parte de los tribunales renunciar a ello, pero deberán justificarlo debidamente -tan solo se aceptan causas excepcionales, salvo aquellas circunstancias tales como incompatibilidad porque algún familiar se presenta al proceso selectivo, o situaciones similares-. Y en ningún caso podrán ser vocales o presidentes del OTS funcionarios interinos, personal laboral no fijo, personal eventual o personal de designación política o directivos. Tan solo, funcionarios de carrera con una excepción: si se trata de un proceso de selección de personal laboral y no de oposiciones, sí podrán participar en el proceso laborales fijos.
Por lo que respecta a las indemnizaciones que percibirán los miembros que formen parte de un tribunal, el decreto también introduce cambios significativos. De esta manera, tan solo se cobrarán dietas cuando las asistencias a reuniones del OTS se realicen fuera del horario laboral: de 16.00 a 20.30 horas. De hecho, el texto también contempla que los encuentros que el tribunal necesite realizar, tengan lugar por la tarde. "Las reuniones de los tendrán lugar, preferentemente, en horario de tarde, de lunes a jueves, salvo que excepcionalmente concurran causas justificadas", detalla.
Toda una serie de cambios que se producen con el cambio de la jefatura de servicio de Personal que hasta hace unas semanas ocupaba Juan Manuel del Olmo y que ahora ejerce un funcionario que procede de la Generalitat Valenciana, Javier Bolinches, quien ha ocupado puestos relevantes tanto en la Conselleria de Educación que dirigía el exconseller Vicent Marzà como en la Conselleria de Justicia.
El relevo al frente de este servicio, cabe señalar, ha generado cierto revuelo a nivel interno. Tanto, que el pasado mes de junio el Comité Antifraude de la Diputación recibió una denuncia anónima contra Bolinches por una posible incompatibilidad. El escrito alertaba de que durante años, el nuevo jefe de Personal había ejercido de profesor en una academia de oposiciones.
El gobierno provincial justificó que Bolinches dejó de dar clases preparatorias de oposiciones cuando entró a trabajar en la Diputación de Valencia y, añadió, no incurriría en ninguna irregularidad porque el nuevo decreto impediría a los jefes de Personal a formar parte de ningún tribunal. Y así ha sido. La nueva normativa ya pone negro sobre blanco las reglas para evitar conflictos de intereses en la selección de empleados públicos de la Diputación de Valencia.