VALÈNCIA. El cohecho y tráfico de influencias, la malversación, la revelación de secretos y el allanamiento informático copan el ranking de delitos a los que más expuesta está la EMT de València según el análisis de riesgos penales realizado por una consultora para la firma pública, que presenta un riesgo "moderado" ante estos y otros delitos como los cometidos contra el medio ambiente, los provocados por explosivos, los cometidos contra la propiedad intelectual o los de daños informáticos.
El análisis, realizado por la consultora Vaciero, expone aquellos delitos que podrían conllevar una responsabilidad penal para la empresa pública si llegaran a suceder, por lo que estudia tanto la probabilidad de que estos sucedan como el impacto que estos podrían tener sobre la mercantil municipal, que preside el edil de Movilidad Giuseppe Grezzi.
Los mencionados al principio son los que más probabilidad tienen de suceder, y casi todos ellos tendrían un impacto "moderado" o "alto" sobre la EMT, tanto a nivel reputacional como económico. Es la conjunción de estos factores los que los llevan a situarse entre los más peligrosos para la firma, a diferencia de otros como el delito de financiación ilegal de partidos o de estafa, que tendrían un impacto alto pero se consideran altamente improbables.
La EMT encargó este análisis de riesgos precisamente para tratar de minimizarlos. Por ello, la consultora subraya la necesidad de "un adecuado modelo de organización y gestión" para que, si llegan a cometerse alguno de estos delitos en el seno de la EMT, la empresa "quede exenta de responsabilidad penal" o al menos "se atenúe su pena".
En este sentido, insisten los consultores, cuando la empresa municipal aplique un Plan de Prevención de Delitos, los técnicos creen que se rebajarán estos riesgos a niveles ínfimos, haciendo muy improbable que se lleven a cabo los delitos y también minimizando su posible impacto.
Así pues, el Consejo de Administración de la empresa, que previsiblemente tendrá lugar el próximo martes, dará luz verde a varios documentos que van precisamente en la dirección que marca la consultora privada: un código de conducta, una política de lucha contra la corrupción, una política de conflicto de intereses y el llamado compliance. Si bien es cierto que se produce más de dos años después de que se produjera el fraude multimillonario contra la EMT, que por otro lado sigue en los tribunales.
La política anticorrupción, de esta manera, prohíbe "pagos impropios o inadecuados" en el seno de la empresa y obliga a cumplir el régimen de autorización de pagos, que durante el fraude una trabajadora se saltó. Este documento recoge también medidas para un mayor control en la contratación, como que para los contratos menores -sin concurso- deberán solicitarse tres ofertas al menos, así como un régimen de uso de tarjetas corporativas, que impide su uso para servicios personales así como solicitar avances en efectivo.
Por su parte, el código de conducta de la EMT, por ejemplo, insiste en la prohibición a cualquier miembro de la empresa a prometer, dar o recibir gratificaciones o regalos, así como a ofrecer oportunidades de empleo o de negocio a familiares, amigos u otros miembros de la administración para "obtener un beneficio o ventaja indebida". Tampoco se podrá incurrir en gastos de representación injustificados o dar información confidencial, privilegiada o que pueda poner en peligro la reputación de la empresa.
Este documento también deja claro, entre muchas otras cosas, que "las opiniones personales" de miembros de la empresa siempre se entenderán desvinculadas de la firma, aunque la EMT se reserva "las actuaciones legales" que pertoquen en caso de que estos comportamientos puedan llegar a afectar a la firma de alguna manera. Se previene además sobre situaciones de conflicto de intereses, que deberán ser comunicadas, así como de la obligación de salvaguardar datos sensibles de seguridad informática o de datos personales.
En cuanto a los conflictos de interés, la política que se aprueba el martes obliga a cualquier persona de la EMT a revelar las actividades fuera de la empresa que pudiera suponer un conflicto de este tipo: la participación en entidades no lucrativas que pudiera estar vinculada a la empresa o incluso la solicitud por parte de un empleado de la EMT a proveedores de aportaciones para una organización en la que colabore, etcétera.