La encrucijada / OPINIÓN

La financiación catalana y valenciana: ¿Singular o singularidad?

25/06/2024 - 

25-06-2024-  Una singularidad es el ‘Bing Bang’, esto es, el instante en el que, sin que se sepa cómo, se inició la creación del Universo. Singularidades pueden ser los agujeros negros o la velocidad que alcanza la luz. Las singularidades también se encuentran presentes en otros campos, como el religioso, a menudo presentadas en forma de dogmas y, en consecuencia, como afirmaciones que deben aceptarse desde la fe porque no existe forma de justificación lógica.

Si lo inexplicable es propio de la singularidad, en el caso de la nueva financiación para Cataluña este sustantivo no debe confundirse con el de singular. Ni siquiera aun cuando sea cierto que aquélla se encuentra presente en el País Vasco y Navarra, al menos en dos aspectos: su cálculo, sometido, según se dice, a arcanos cabildeos; y, en segundo lugar, la propia existencia del modelo foral, con estaciones intermedias que, históricamente, conducen a la superación de las guerras carlistas, el reconocimiento franquista a la lealtad de Navarra y Álava tras la Guerra Civil y a la necesidad, durante la Transición, de afirmar el cambio democrático frente a ETA en Euskadi y Navarra. 

Que se admita la imposibilidad de extender un régimen neoforal a Cataluña sólo es cuestión de números y de realidades, tanto económicas como políticas: el Principado es demasiado importante en términos de PIB y recaudación fiscal como para calcar el modelo euskaldún sin que descalabre seriamente el edificio del Estado de las Autonomías. Por ejemplo, el objetivo de reducción de la aportación solidaria de Cataluña a las CCAA más frágiles, apuntado por ERC, supone pasar de 20.412 millones de euros a una horquilla de entre 10.206 y 5.103 (datos de 2022). Pero, admitido lo anterior, conviene recordar que el Estado de las Autonomía también está afectado por las plagas de termitas que propaga la Comunidad de Madrid, por lo que la reforma del modelo de financiación ni puede ni debe aislarse de aquello que, procedente de ésta, subraya sus privilegios frente a las restantes CCAA. Si la capitalidad lo es de todo el Estado, sus réditos también deben cotizar más allá de la Villa y Corte.

Dicho esto, existen vías para que, siendo singular, la financiación de Cataluña no penetre en la vorágine de la singularidad y en la melancolía de lo imposible. De hecho, ya se han mencionado públicamente algunas razones que justifican la especificidad catalana; entre éstas, la existencia de competencias no presentes en otras CCAA, como prisiones y la policía autonómica. Más allá de las anteriores existe, asimismo, otro cauce para ensanchar, de facto, el alcance gestor de la Generalitat catalana: la delegación de competencias estatales para su gestión por ésta, si bien la racionalidad de dicha vía debería estar abierta a su presencia en otros territorios.

Una vez señalado lo anterior, la defensa de lo singular pierde fuerza si no se acepta el carácter multilateral, –y no bilateral-, de la reforma de la financiación autonómica. De hecho, ésta ya refleja las peculiaridades que existen en las CCAA, ya sea la dispersión de la población, su grado de envejecimiento, las dimensiones demográfica y académica de la educación o la insularidad; un reconocimiento, por cierto, afectado de ceguera selectiva porque, hasta la fecha, no ha reconocido otros fenómenos singulares,  como es la infrafinanciación crónica presente en la Comunitat Valenciana y su correspondiente anemia económica. 

Dado que los valencianos no tenemos vocación de ascetas, levitantes o masoquistas, si el modelo de financiación autonómica se abre para superar algunas de las reivindicaciones catalanas que, respetando la diversidad, no afecten a la igualdad entre los ciudadanos, será tiempo de reclamar algunos cambios. Entre éstos, la redistribución vertical de los recursos públicos, de modo que la financiación del Estado del Bienestar dependiente de las CCAA y sus programas relacionados con investigación, innovación y productividad crezcan globalmente por encima del PIB nominal de España. ¿Razones? Primera, las CCAA atienden áreas tan sensibles, en términos de igualdad ciudadana, como la sanidad, la educación y la dependencia. Unas políticas públicas que, a diferencia de otras, experimentan influencias exógenas de imposible control y creciente gasto: la atención médica, la tecnología y la farmacia sanitaria y la necesidad de nuevas herramientas asistenciales para la tercera edad participan de dichas características. Segunda, parece de sentido común aprovechar la cercanía de las CCAA a empresas y fuentes de conocimiento para implicarlas en la intensificación de una productividad que, como está generalizadamente aceptado, supone el principal obstáculo estructural de las economías valenciana y española.

Junto a la redistribución vertical de los ingresos, otro hecho a corregir desde la multilateralidad es el presente en la deuda provocada por la infrafinanciación; un asunto presente en Cataluña, pero que cuenta con un caso paradigmático: el de la Comunitat Valenciana.  Es ésta un ejemplo de libro: con déficits de partida en el capital público desde los años 80 del siglo pasado y revisiones ulteriores de los fondos de financiación autonómica que no han captado su evolución demográfica ni evitado que, para prestar servicios básicos a un nivel próximo a la media española, tuviera que buscar los recursos necesarios en el endeudamiento; una respuesta acuciada por la asfixia económica que ha contrastado con la fosilización del statu quo del que se han beneficiado otras CCAA con mayores ingresos por habitante: un hecho al que no han resultado ajenos los sucesivos apaños ad-hoc que el sistema de financiación ha conocido.   

La gestión del modelo de financiación representa, de igual modo, otra de las asignaturas pendientes de revisión. Supone un hecho de difícil explicación que, siendo partícipes de importantes participaciones en algunos impuestos. –renta, IVA, impuestos especiales-, la Agencia Tributaria y las CCAA no hayan constituido todavía una Agencia Fiscal del Estado regida por ambas administraciones, adoptando de este modo una deseable lógica federal. Una Agencia para crear un espacio de corresponsabilidad, transparencia, eficiencia y capacidad técnica que salve las distancias y disfunciones ahora existentes. Una Agencia potente al servicio, entre otros fines, de la reducción del fraude fiscal: una fuente de ingresos adicionales que debería contemplarse explícitamente y con objetivos prefijados en todo el territorio, primando a las regiones más eficientes. Una Agencia que impulse la revisión de las políticas públicas, obteniendo evaluaciones periódicas y comparables de la eficacia y eficiencia de los grandes servicios y prestaciones, con independencia de la administración de la que dependan.  

Ahora bien: lo expuesto no dispondrá aquí del vigor reivindicativo necesario si en la Comunitat Valenciana, pese a la angustiosa situación de su Generalitat y las debilidades del Estado del Bienestar y de la economía regional, no se fortalece el acuerdo por una financiación justa que vincula a buena parte de las instituciones domésticas. Un consenso que sigue representando el mejor anclaje ante eventuales negociaciones. No es bueno, por lo tanto, que el ruido que se está alentando, y continuará generándose en los diversos Madriles, cree escuela de seguidismo en el espacio valenciano, quebrando posiciones que, hasta el momento, han sido ampliamente compartidas. Sin comulgar con piedras de molino ni pretender medallas de los de arriba, búsquese aprovechar la nueva coyuntura para añadir la agenda valenciana al nuevo marco de negociación que pueda abrirse. Acúdase a emplear los buenos oficios de los expertos valencianos, ampliamente demostrados hasta ahora. Puede que no haya otra ocasión en un futuro cercano. 

¿Cataluña singular? Sí, al mismo tiempo que una Comunitat Valenciana no menos singular.


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