VALÈNCIA. (EFE) La fiscal ha pedido el archivo de la demanda que la empresa de Alboraya Mòn Orxata presentó contra Facebook por daños al honor cometidos al clausurar su perfil en la red social, en el juicio por este asunto que se ha celebrado este jueves en un juzgado de Moncada.
El Ministerio Público ha pedido el archivo de “todas y cada una de las peticiones” de la demanda, que pide una indemnización de 6.000 euros, y ha explicado que, a la vista de las pruebas practicadas, no ha quedado acreditado el daño al honor causado por Facebook España y Facebook Irlanda a la empresa cuando, una vez clausurado el perfil, publicaron, en el espacio virtual que ocupaba, el mensaje de “cerrado permanentemente”.
“El 'cerrado permanentemente' nos causó muchísimo perjuicio, con bancos, proveedores… Lo más grave fue un proyecto con un banco, que casi nos cerró una línea de crédito que necesitábamos para un nuevo proyecto, al pensar que la empresa estaba cerrada”, ha explicado Antoni Monforte, el demandante, en la vista de este jueves.
Por su lado, los representantes de Facebook han señalado que Mòn Orxata incumplió las condiciones de su contrato ya desde 2010, cuando creó un perfil individual para objetivos comerciales.
El perfil creado por Mòn Orxata debía corresponder con una persona física, pero no era así, era el de una empresa, y para actividades comerciales Facebook impone crear una página desde una personalidad jurídica. En esta diferencia entre perfil personal y página de empresa, y en el hecho de que no respetar esos términos supone un incumplimiento de contrato por parte de Mòn Orxata, han insistido los abogados de la red social.
“Las condiciones del contrato eran muy razonables y claras, la veracidad de la identidad de los usuarios es fundamental y las condiciones explican que si se incumplen, como sucedió, esto puede conducir a prohibir el acceso a la red. El perfil se hizo con un nombre: Mòn. Un apellido: Orxata. Una supuesta edad: 39. Y un supuesto género: masculino. Son datos de una persona, no de una empresa”, ha explicado el letrado de Facebook.
En 2016 Facebook recibió una comunicación anónima denunciando que el perfil de Mòn Orxata era ilegítimo y lo cerró legalmente, porque estaba incumpliendo el contrato, han señalado.
Pero el abogado de la empresa fundada y dirigida por Antxon Monforte ha defendido que, más que el cierre del perfil, fue el modo de inhabilitar la cuenta, con el citado mensaje de "cerrado permanentemente", lo que dañó el derecho al honor de la demandante. Además, Facebook debería haber permitido subsanar el error, ha argumentado.
En este sentido, Monforte ha explicado: “Cuando le pedimos explicaciones, el robot de Facebook no nos dio ninguna solución, no contestaron, no nos dijeron que debíamos certificar la identidad. Enviamos todos los datos, incluidos los DNI”. Ha reconocido no conocer las redes y ha relatado que fue una empresa especializada la que se ocupó de crear su identidad en Facebook.
Los abogados de la red han respondido señalando que “el 'cerrado permanentemente' se refería al perfil, no a la empresa, porque de ser esto segundo, habría dicho 'cerrada permanentemente'”. Y han insistido en que, “en todo caso, el problema era fácil de resolver contactando con el profesional que había dado de alta el perfil, en lugar de enviar correos electrónicos confusos que incluían hasta escrituras de la empresa. Facebook no es responsable del desconocimiento de los demandantes”.
Por otro lado, los defensores de la red social han recordado que el perfil se volvió a dar de alta, después de ser clausurado, cambiando únicamente un acento, persistiendo por tanto en la falsedad de hacer pasar por persona lo que era una empresa con objetivos comerciales.
“No solo no hay un daño al honor, sino un incumplimiento de contrato por parte de la empresa, doloso y reiterado”, han explicado. Además, han añadido que Mòn Orxata no desapareció de internet ni de Facebook, donde tenían presencia en los años en los que se produjo el supuesto daño a su reputación: “Al revés, esto se ha usado para obtener publicidad por parte de la demandante”, y han pedido el pago de las costas a Monforte.
En cuanto a la competencia de la Justicia española, Facebook pidió que el Juzgado declinara su competencia a favor del Condado de San Diego (EEUU), en virtud de una cláusula de sumisión a esta jurisdicción de los contratos. El juzgado, con el informe favorable del fiscal, se declaró competente.
Los abogados de Facebook han defendido este jueves que ha quedado acreditado que es Facebook Irlanda quien opera en España. El demandante defiende que, aunque Facebook España argumente que es una empresa separada, ambas están controladas por la misma matriz.