VALÈNCIA (EP) La Junta Electoral Central (JEC) ha ordenado retirar la credencial al diputado de Junts Quim Torra, y ha resuelto, además, inhabilitarle durante año y medio para el ejercicio de cargos públicos, lo que supone que no podrá seguir como presidente de la Generalitat de Cataluña.
El organismo arbitral ha estimado así el recurso interpuesto por el PP y parcialmente el presentado por Ciudadanos y Vox, que habían pedido que le retirase el escaño a Torra, lo que conllevaría el abandono de la Presidencia de la Generalitat porque el Estatut exige ser diputado como condición para ese cargo.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) condenó a Torra a un año y medio de inhabilitación por haber desobedecido las resoluciones de la JEC, que le exigían mantener la neutralidad en los periodos electorales y retirar propaganda independentistas como los lazos amarillos.
Entonces, el PP, Ciudadanos y Vox pidieron a la Junta Electoral de Barcelona que, en cumplimiento de esa sentencia, se quitara a Torra el escaño de diputado del Parlament, pero ésta rechazó esas solicitudes. Sin embargo, los tres partidos recurrieron ante la JEC esa decisión.
En su resolución de este viernes, recogida por Europa Press, la JEC anula el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona, declara que Torra es "inelegible", según la Ley Electoral, por haber sido condenado por el TSJC, le impone una pena de multa y le inhabilita durante un año y medio "para el ejercicio de cargos públicos electivos y el desempeño de funciones de gobierno".
Asimismo, el órgano encargado de velar por la transparencia de los comicios deja sin efecto la credencial como diputado que Torra consiguió en las elecciones de 2017 y ordena a la Junta Electoral de Barcelona que declare su vacante y expida la correspondiente credencial al siguiente candidato de la lista de Junts.
Por otro lado, la JEC informa de que los vocales Antonio Vicente Sempere, María Luz García, José Luis Seoane, Inés Olaizola, Consuelo Ramón Chanet y Juan Montabes han anunciado la presentación de un voto particular al considerar que la Junta Provincial de Barcelona carecía de competencia para adoptar la resolución de desestimar las peticiones formuladas por PP, Vox y Ciudadanos. En consecuencia, estos vocales de la JEC consideran que debían haberse estimado los recursos interpuestos por estos partidos.